Comisión de Coordinación Académica
Comisión de Coordinación Académica del Master en Acceso a la Abogacía
De conformidad con lo dispuesto en el "Convenio de Colaboración Académica entre la Universidad de Burgos y el Ilustre Colegio de Abogados de Burgos para la organización del Máster habilitante para el acceso a la profesión de Abogado", suscrito entre las dos instituciones el 18 de abril de 2013, con fecha 24 de febrero de 2014 se constituye la Comisión de Coordinación Académica del Máster de Acceso a la Abogacía, compuesta por los siguientes miembros:
- D.Santiago A. Bello Paredes (Presidente y Decano de la Facultad de Derecho)
- D. Guillermo José Plaza Escribano (Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Burgos)
- Dª. María Ángeles Herrera García (Coordinadora del Máster)
Profesores designados por la Facultad de Derecho (Junta de Facultad de 2-12-13):
- D. Tomás Prieto Álvarez (Secretario)
- Dª Raquel de Román Pérez
Abogados en ejercicio designados por el Ilustre Colegio de Abogados de Burgos:
- Dña. Yolanda Vizcarra
- D. Juan Cruz Monje Santillana (Coordinador por parte del Colegio)
Competencias de la Comisión
Las competencias de la Comisión de Coordinación Académica, tal y como se recogen en el Convenio de Colaboración Académica entre la Universidad de Burgos y el Ilustre Colegio de Abogados de Burgos, de 18 de abril de 2013, son:
a) Impulsar el cumplimiento del objeto del convenio por las partes.
b) Elaborar y aprobar la propuesta de contenidos organizativos y académicos del Máster, así como su memoria económica.
c) Elevar, a los órganos competentes, la propuesta de nombramiento de Director del Máster.
d) Establecer criterios de selección del profesorado, de los tutores y demás colaboradores del Máster y el procedimiento para su nombramiento, todo ello de conformidad con la normativa aplicable.
e) Establecer, de acuerdo con la memoria de verificación, las condiciones de selección y admisión de los alumnos y los criterios de evaluación.
f) Informar favorablemente la lista de admitidos de conformidad con las exigencias establecidas legalmente.
g) Aprobar, a propuesta de la Dirección del Máster, el plan anual de actuaciones, así como la memoria académica y económica que incluirá referencia a las actuaciones desarrolladas en el programa de formación.
h) Aprobar, a propuesta de la Dirección del Máster, los criterios para la distribución de los recursos económicos y el presupuesto, y los criterios para la retribución de los profesionales que colaboran tanto en la docencia como en las prácticas.
i) Cualquier otra función relacionada con la formación prevista en este convenio y que no esté asignada legalmente a órganos de la universidad y/o del Colegio de abogados.