Trabajo Fin de Máster
El módulo Trabajo Fin de Máster (TFM), permitirá al alumno/a aplicar los conocimientos formativos adquiridos y desarrollar las competencias que debe poseer un futuro profesional de las ciencias de la salud. El TFM que tiene un carácter aplicado e integrador con los demás módulos, deberá ser elaborado por el alumno/a bajo la supervisión de un profesor tutor y se corresponderá con un proyecto, estudio o memoria cuyo contenido pueda clasificarse en una de las siguientes tipologías: revisión sistemática y proyecto de investigación.
Las actividades formativas del TFM incluyen seminarios en los que se trabajarán distintos temas de interés para un adecuado desarrollo del TFM.
La evaluación del Trabajo de Fin de Máster se llevará a cabo teniendo en cuenta 3 sistemas de evaluación, para los que se elaborarán rúbricas específicas: el informe del tutor, que incluirá aspectos relacionados con la actitud y participación del estudiante durante el proceso de tutorización, la capacidad del alumno de exponer el TFM ante un tribunal y dar respuesta a las preguntas del tribunal y la calidad científica del trabajo, es decir el rigor científico y metodológico del trabajo realizado. Este último criterio incluye la aplicación e integración de los módulos del máster (el primero en su totalidad y el segundo y el tercero en función del tema elegido) y se plasmará en la adecuación de la memoria entregada. Los aspectos metodológicos de investigación, de contenidos de cada una de las partes, de estilo, éticos y legales... quedarán recogidos en la normativa reguladora de la evaluación del Trabajo de Fin de Máster (actualmente en elaboración teniendo en cuenta el Artículo 7 del Reglamento de Evaluación de la Universidad de Burgos).
Las comisiones evaluadoras estarán constituidas por profesorado con docencia en el Máster que posean el título de doctor o un título de Máster Oficial en Ciencias de la Salud.
El adecuado desarrollo del TFM, requiere que se establezca una buena coordinación entre el profesor/a tutor y el alumno/a.
Con el fin de que se cumpla la RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2014, de la Secretaría General de la Universidad de Burgos, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Burgos, celebrado el 28 de marzo de 2014, sobre la matrícula y calificación de Trabajos Fin de Grado y Trabajos Fin de Máster. En dicho Acuerdo se disponen los siguientes puntos a tener en cuenta:
- Se establecen dos períodos de matrícula de los Trabajos Fin de Grado o Fin de Máster en cada año académico: el primero de ellos coincidirá con el plazo oficial de matrícula para todos los estudiantes y el segundo será establecido por el Centro al principio del segundo semestre.
- Una vez que un estudiante se matricule en un Trabajo Fin de Grado o Fin de Máster, obtendrá el derecho a ser calificado en dicho Trabajo a todos los efectos.
- Para que un estudiante pueda matricularse en el Trabajo Fin de Máster no es necesario que haya superado un mínimo de créditos.
- Los períodos anuales de evaluación de los Trabajos Fin de Grado o Fin de Máster serán fijados por los Centros. Éstos podrán establecerlos cuantas veces consideren conveniente en cualquier momento del período lectivo.
- La calificación de Trabajo Fin de Grado o Fin de Máster se realizará tras su defensa en acto público o por el procedimiento alternativo que establezca el Centro. En cualquier caso, la calificación deberá emitirla un Tribunal nombrado al efecto y compuesto, al menos, por tres profesores con docencia en el Título correspondiente.
En caso necesario se podrá solicitar la movilidad del Trabajo Fin de Máster al primer semestre, siempre y cuando dicho adelanto sea solicitado por estudiantes repetidores que habiendo cursado en un año académico las asignaturas del Máster tengan la posibilidad de concluir sus estudios en el primer semestre del año académico siguiente.