Se engloban en esta modalidad las obras científicas a las que hace mención el artículo 15º del Reglamento de Publicaciones de la Universidad de Burgos.
La edición se puede realizar tanto en modalidad de comercialización como en modalidad de acceso abierto. En la modalidad en comercialización se puede realizar en papel, en formato online o en ambas.
Requisitos:
La Universidad de Burgos publicará preferentemente obras científicas de investigadores pertenecientes a la misma. El Consejo Editorial estará facultado para aceptar la solicitud de publicación de obras científicas de investigadores ajenos a la Universidad de Burgos, siguiendo los mismos criterios y procedimientos que se utilizan para las obras de investigadores de la propia Universidad de Burgos.
En cualquier caso, sea cual sea el tipo de obra para el que se solicite la publicación, el Consejo Editorial podrá procurarse asesoramiento externo, de expertos de reconocido prestigio en la materia de que se trate.
Las obras científicas publicadas por la Universidad de Burgos precisarán de un Informe previo por pares de carácter vinculante, efectuado por evaluadores externos de reconocido prestigio conforme al procedimiento que figura en el Reglamento de Publicaciones en su artículo 27º.
Las obras publicadas por la Universidad de Burgos pueden ser ediciones propias, en las que figurará solamente el nombre y los símbolos o logotipos de la Universidad, o bien coediciones, en cuyo caso tales indicativos y signos podrán coexistir con los de otras editoriales, instituciones o entidades, en las condiciones que se determinen en el propio contrato de edición. Al respecto el artículo 16º del Reglamento de Publicaciones establece:
1. La Universidad de Burgos, a través del Servicio de Publicaciones, podrá coeditar con editoriales públicas o privadas siempre que queden salvaguardados sus intereses como entidad editorial y no reporten perjuicios económicos. En concreto, habrán de garantizarse en cada caso los siguientes aspectos:
a) Que la coedición respete y cumpla todas las exigencias del Consejo Editorial referidas a la evaluación de los originales.
b) Que la Universidad de Burgos sea copropietaria de los derechos de explotación.
c) Que las marcas y sellos editoriales utilizados por la Universidad de Burgos aparezcan en los lugares habituales de la publicación junto a las de otras entidades coeditoras.
d) Que los derechos de la Universidad de Burgos referidos a distribución y venta no se vean afectados.
2. Las coediciones serán objeto de contrato específico para cada publicación, en el que se establecerán las condiciones concretas del mismo.
3. La Universidad de Burgos no contribuirá económicamente en ninguna publicación, ya sea mediante subvención, patrocinio u otra modalidad, en la que no figure como coeditor de acuerdo con los términos del presente Reglamento.
Una vez aprobada la publicación de las obras, el Servicio de Publicaciones e Imagen Institucional establecerá las condiciones de edición mediante el correspondiente Contrato de Edición.
Los derechos de autor se regirán por los pertinentes contratos que se celebren entre la Universidad y los autores, de acuerdo con la vigente legislación de Propiedad Intelectual. Los autores tendrán derecho a un número de ejemplares de la tirada total de la obra, que se contemplará necesariamente en el contrato.
En todos los casos la Universidad de Burgos realizará una tirada suficiente, de conformidad con el Informe que al respecto emita el Responsable Técnico del Servicio de Publicaciones e Imagen Institucional, y que permita la comercialización de la obra, el intercambio de publicaciones con otras universidades e instituciones y los ejemplares necesarios para hacer frente a los compromisos derivados de la realización del evento o proyecto.
La solicitud se realizará tanto a efectos de edición, distribución y comercialización de la obra.
Solicitud:
Los autores podrán solicitar la edición de la obra en cualquier momento del año, conforme a las normas y programación que establezca el Servicio de Publicaciones e Imagen Institucional.
Los autores remitirán al Servicio de Publicaciones e Imagen Institucional, a través del Registro de la Universidad de Burgos (https://sede.ubu.es/web/guest/registro-electronico), la siguiente documentación:
- El impreso de solicitud, indicando al Campo Científico al que desean adscribir su obra, según la normativa de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
- Un ejemplar de la obra en soporte informático (preferentemente en InDesign, Ms Word... es recomendable entregar una versión en formato PDF). Es imprescindible que haya sido revisada meticulosamente para la detección de errores tipo y/u ortográficos. La Universidad no se hará responsable del contenido de las obras ni de errores en su impresión.
- Impreso "Condiciones para la presentación de originales"
- Informe adicional del autor (según figura en el impreso de solicitud)
- Curriculum vitae, en el cual se indique los principales aspectos relacionados con la investigación, la docencia y otros relacionados con la edición de libros o artículos.
Nota: Toda la documentación, a excepción de la solicitud, se puede enviar por correo electrónico de forma posterior a la presentación de la solicitud en el Registro.
En caso de solicitar una coedición también se debe presentar la siguiente documentación:
- Modalidad A (La Universidad de Burgos es el ente editor y la otra institución financia parte o la totalidad de la obra).
Documento de aceptación de dicha coedición por parte de la institución, en el cual debe figurar la cuantía económica que aporta y una exposición de motivos sobre el interés de editar dicha obra.
- Modalidad B (Un editorial privada es el ente editor y la Universidad de Burgos financia parte de la coedición).
Documento de aceptación de dicha coedición por parte de la editorial privada, en el cual debe figurar el presupuesto total de costes de edición (sin distribución) de la obra, y la tirada total que se efectuará de la misma.