Grado y máster
¿Dónde presentar la documentación?
La documentación que se señala en las normas de matrícula necesaria para formalizar la matrícula; debe aportarse en la secretaría de la facultad/escuela correspondiente, personalmente o por correo postal o electrónico.
Direcciones de las secretarías de las facultades y escuelas
La facultad o escuela correspondiente al grado o máster matriculado figura en el resguardo de matrícula:
Planes de grado agrupados por facultad/escuela
Planes de máster agrupados por facultad/escuela
¿Cuál es el plazo?
10 días a partir de la realización de la matrícula, excepto la fotografía que debe aportarse antes del 30 de septiembre.
¿Qué documentación se deber presentar?
La que se establece en las normas de matrícula.
2. Documentación de estudiantes que se matriculan por 1ª vez.
2.1. Una fotocopia del DNI o pasaporte.
2.2. Resguardo del traslado de expediente de la universidad donde realizó las pruebas de acceso o del centro universitario donde previamente estuvo matriculado, si se realizaron las pruebas o estudios en otra universidad.
2.3. Documentación justificativa de los requisitos de acceso.
2.4 Una fotografía conforme al procedimiento indicado a continuación. Sirve para el expediente y el carné universitario virtual.
2.4.1. El estudiante, antes del 30 de septiembre, deberá acudir a realizar la fotografía a los puntos que se habiliten para ello.
Los alumnos de nuevo ingreso podrán realizar este trámite a partir del día siguiente al de la formalización de la matrícula.
2.4.2. El estudiante que curse una enseñanza online, tenga residencia en el extranjero o le sea imposible realizar el trámite presencial del apartado anterior IV.2.4.1, puede sustituir la obligación de acudir a los puntos indicados por el envío de la fotografía digitalizada a la dirección correo electrónico aplicaciones@ubu.es . La fotografía digitalizada deberá tener las siguientes características: formato jpg, fondo blanco, resolución 240 ppp (puntos por pulgada) o 95 ppc (puntos por centímetros) y tamaño de 189 píxeles de ancho por 227 píxeles de alto o bien seguir la proporción 1,2 (227/189 =1,2).
3. Documentación de estudiantes que continúan estudios.
Si no se dispone de fotografía digitalizada en el expediente, deberá cumplir lo establecido en el apartado anterior 2.4.
4. Documentación de estudiantes con exenciones o reducciones de matrícula.
Acreditaciones que justifiquen las exenciones o reducciones. No se aplicará las exenciones o reducciones del precio de matrícula recogidas en los apartados III.3.1, III.3.3, III.3.4, III.3.5 y III.3.7. de estas normas, hasta que no se aporte la documentación correspondiente.
5. Autorización de estudiantes que realizan prácticas con menores.
Para realizar estas prácticas el estudiante debe autorizar a la universidad a obtener información sobre la ausencia de delitos sexuales, de conformidad con la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, o bien, aportar la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Puede realizarse la autorización en el proceso de automatrícula.