Requisitos académicos y documentación acreditativa
Documentación a aportar
La documentación acreditativa de estar en posesión de los requisitos académicos para acceder a la Universidad se entregará al formalizar la matrícula.
Los alumnos que hayan superado las pruebas de acceso o estudios en la Universidad de Burgos no deberán presentar la documentación acreditativa de su acceso (tarjeta de selectividad, tarjeta de acceso para mayores de 25 años, título universitario…).
Los alumnos admitidos en la Universidad de Burgos para poder formalizar su matrícula por internet deberán conservar la clave de preinscripción
Requisitos académicos para el acceso
Podrán iniciar estudios de grado los estudiantes que reúnan los siguientes requisitos:
Estudios de acceso según el sistema educativo español
| REQUISITOS DE ACCESO | DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA QUE SE ENTREGARÁ EN EL MOMENTO DE FORMALIZAR LA MATRÍCULA |
|---|---|
| Prueba de Acceso a la Universidad o equivalentes en regulaciones anteriores. | Documento acreditativo de haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad, o la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad, y, en su caso, de materias ponderables de la PAU superadas. Si la información relativa a la calificación de Bachillerato o COU y las pruebas superadas no figura en el mismo documento, deberán acreditar estar en posesión de este requisito así como la calificación correspondiente. |
| Pruebas de madurez del Curso Preuniversitario | Libro de Escolaridad y tarjeta de pruebas de madurez |
| Título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Deportivo Superior y equivalentes |
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| Título Universitario Oficial del Sistema Educativo Español |
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| Pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años | Tarjeta de calificaciones o certificado |
| Pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 45 años | |
| Acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional (mayores de 40 años) | Resolución favorable del Rector de la Universidad en la que conste la calificación obtenida en la fase de valoración de méritos. |
Estudios de acceso según sistemas educativos extranjeros
| REQUISITOS DE ACCESO | DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA QUE SE ENTREGARÁ EN EL MOMENTO DE FORMALIZAR LA MATRÍCULA |
|---|---|
| Acreditación expedida por la UNED. Esta tendrá validez a efectos de admisión y matrícula durante dos años a contar desde la fecha de expedición. En su caso, documento acreditativo de haber superado la prueba de Acceso a la Universidad, Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad, y/o calificaciones de las materias ponderables de la EBAU o de las pruebas de competencia específica superadas. |
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En su caso, documento acreditativo de haber superado la prueba de acceso a la Universidad, Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad, y/o calificaciones de las materias ponderables de la EBAU o de las pruebas de competencia específica superadas.
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| Título Universitario extranjero con homologación o equivalencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, obtenida conforme a las previsiones del R.D. 889/2022, de 18 de octubre. | Credencial de homologación o certificación de equivalencia expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Si dicha credencial no tuviera calificación, los interesados deberán solicitar la equivalencia de sus calificaciones siguiendo el procedimiento establecido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. |
Requisitos de nivel de español para el acceso a los estudios universitarios de grado para estudiantes de sistemas educativos extranjeros
Para acceder a las enseñanzas oficiales de Grado de la Universidad de Burgos, los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros deberán acreditar antes de la finalización del plazo de preinscripción, un nivel mínimo B1 de español o el B2 para las siguientes titulaciones:
- Grado en Matemática Aplicada y Computación
- Grado en Ciencias Gastronómicas
- Grado en Diseño de Videojuegos
- Grado en Ingeniería de Organización Industrial
- Grado en Psicología
- Grado en Tecnologías Digitales para la Empresa (Campus Miranda de Ebro)
- Grado en Español: Lengua y Literatura
- Grado en Medicina
- Grado en Turismo
Quedan exentos de este requisito:
- Los estudiantes con nacionalidad de países hispanohablantes.
- Quienes hayan cursado sus estudios en sistemas educativos con el español como lengua vehicular.
Reglamento sobre los Requisitos de Nivel de Español para el Acceso a los Estudios Oficiales de Grado de la Universidad de Burgos, aprobado por el Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de abril de 2026-BOCYL 16 de abril de 2026
Formas de acreditación
El nivel de español podrá acreditarse mediante cualquiera de las siguientes vías:
Títulos o certificados oficiales expedidos por instituciones reconocidas, tales como:
- Diplomas de Español como Lengua Extranjera (DELE) del Instituto Cervantes.
- Certificados SIELE.
- Otros certificados equivalentes emitidos por organismos o instituciones oficialmente reconocidos.
Acreditación a través de la UNEDassis, conforme a los procedimientos y niveles reconocidos.
Plazo de presentación
La acreditación deberá presentarse por correo electrónico a admisión@ubu.es hasta el último día del plazo de preinscripción.
Los estudiantes que no lo hayan presentado en el plazo indicado no podrán formalizar la matrícula, aún cuando hayan obtenido plaza.
La Universidad verificará la validez y autenticidad de los documentos aportados.
La detección de irregularidades o falsedad documental dará lugar a la anulación de la solicitud de admisión, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o legales que pudieran derivarse.
Alumnos con discapacidad
Estudiantes que tengan reconocido y acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad reconocidas y acreditadas, que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa.
Se considerarán también afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento:
- Estudiantes pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
- Estudiantes pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
La documentación a presentar para acreditar esta circunstancia es la resolución o certificado acreditativo, expedido por: IMSERSO, INSS, Ministerio de Economía y Hacienda, Ministerio de Defensa u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
En el caso de estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias especiales de discapacidad, además de la certificación de la situación de discapacidad acreditada por los órganos anteriormente mencionados, deberán aportar un informe, expedido por el centro o centros en los que realizaron sus estudios, firmado por el orientador educativo y el director, en el que se especifiquen los recursos y apoyos que han precisado para su plena normalización educativa y el período durante el que los ha recibido.
Deportistas de alto nivel y alto rendimiento
Los deportistas de alto nivel deberán aportar, en el momento de formalizar la matrícula en el Centro, copia de la resolución del Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes donde se reconozca su condición o, en su defecto, indicación del Boletín Oficial del Estado donde se publicó la resolución.
Los deportistas de alto rendimiento deberán solicitar un certificado que acredite dicha condición al Consejo superior de Deportes o a los organismos competentes en las Comunidades Autónomas. Deberán presentar el certificado en el Centro donde formalicen la matrícula.
Para la obtención de las medidas de apoyo previstas en el Art. 9.1 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento (acceso a los estudios universitarios) tendrán preferencia los deportistas calificados como de alto nivel por el Secretario de Estado-Presidente del Consejo superior de Deportes.
Última actualización: 28 de Abril de 2026