La Certificación Supletoria del Título es un documento que sustituye al título hasta que éste sea impreso. Tiene los mismos efectos que el título y tendrá una validez de un año dese la fecha de emisión. El plazo de validez constará en la propia certificación.
Incluirá, además de los datos esenciales que deben figurar en el título, el Número de Registro Nacional de Titulados universitarios oficiales (NRNT) y será firmada con sello electrónico.
Se expedirá a todos los solicitantes del título de Grado y Máster y se remitirá al correo institucional que tienen como alumnos de la UBU en el plazo máximo de un mes.
Los solicitantes de títulos de doctor que deseen obtener la Certificación Supletoria del Título, deberán solicitarlo a través de correo electrónico al Negociado de Títulos (titulos@ubu.es)