Normativa aplicable
Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de grado y máster de la Universidad de Burgos (BOCYL 22/12/2022).
Plazos de solicitud y resolución
La presentación de la solicitud de reconocimiento de créditos deberá hacerse hasta el 7 de septiembre de 2024 para los estudios de grado y máster en los que se haya formalizado la matrícula del curso académico 2024/2025. Las solicitudes de reconocimiento, presentadas en este plazo, deberán resolverse antes del 31 de octubre de 2024. Excepcionalmente, esta fecha podrá ser ampliada por el Vicerrectorado de Docencia y Enseñanza Digital, si concurren situaciones extraordinarias.
El alumnado que se matricule con posterioridad al 7 de septiembre y antes del 31 de octubre dispondrá de 10 días para solicitar el reconocimiento de créditos y su solicitud será resuelta en el plazo máximo de 3 meses.
Las solicitudes del alumnado que pida reconocimiento de créditos por actividades universitarias acreditadas o por asignaturas que figuren en tablas previamente aprobadas por las distintas comisiones de reconocimiento y transferencia de créditos, serán resueltas a medida que se presenten las citadas solicitudes.
Se admitirán y resolverán las solicitudes presentadas fuera de plazo, si con ello se posibilita obtener el título en una convocatoria anterior o cumplir requisitos para becas.
Presentación de solicitud
La solicitud se presentará en el registro electrónico a través de la sede electrónica de la Universidad de Burgos (procedimiento: “Solicitud de reconocimiento de créditos. Grado y máster”). Instrucciones para el uso del registro electrónico.
En cualquier momento del proceso se puede contactar con la secretaría de su centro para resolver cualquier incidencia de este trámite.
Documentación a presentar
Las solicitudes, en modelo normalizado, irán acompañadas de la documentación justificativa de los créditos obtenidos y de su contenido académico, en su caso, indicando las asignaturas que se someten a consideración. Es obligatorio acompañar la totalidad de la documentación solicitada. La documentación aportada debe cumplir los requisitos de legalización, traducción y garantía de veracidad que correspondan en cada caso. Los documentos deben presentarse en español.
- Por estudios universitarios oficiales españoles o extranjeros
- Certificación académica donde consten las asignaturas superadas.
- Programas/guías docentes de las asignaturas superadas.
No es necesario presentar estos documentos si los estudios se han cursado en la Universidad de Burgos.
- Por actividades universitarias
No es necesario presentar documentación justificativa. Se puede consultar la información sobre las actividades universitarias autorizadas para el reconocimiento de créditos en la página web de la universidad.
- Por enseñanzas superiores no universitarias (Formación Profesional)
- Certificación académica del Ciclo Formativo de Grado Superior (CFGS) cursado o su curso de especialización, donde figuren los módulos superados. Los CFGS deben estar finalizados para obtener el reconocimiento. Estarán exentos de presentar la certificación quienes ya hubiesen presentado esta documentación para el acceso a la titulación.
- Certificación académica de otras enseñanzas superiores no universitarias: estudios de Técnico Deportivo Superior, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Artísticas Superiores.
- Por experiencia profesional y laboral
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados. En dicho documento deberá constar la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
- Contrato de trabajo y certificación de la empresa en la que conste una descripción detallada de las actividades realizadas.
- Se podrá exigir la realización de una evaluación adicional.
Para la acreditación de la experiencia laboral y profesional del alumnado que trabaja o ha trabajado en el extranjero, se deberá aportar algún tipo de justificante equivalente expedido por el organismo o institución competente en el país de procedencia.
- Por estudios universitarios no oficiales (propios o de formación permanente)
- Certificación académica donde consten las asignaturas superadas.
Subsanación de solicitud
Si para resolver la solicitud fuese necesaria más información, se requerirá al/a la solicitante para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Se tendrá por desistida la petición, si el/la solicitante no subsana la falta.
Resolución y recurso
La resolución de la solicitud se notificará a través de la sede electrónica de la universidad.
La motivación de la resolución debe fundamentarse únicamente en los requisitos establecidos en la Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de grado y máster de la Universidad de Burgos (BOCYL 22/12/2022) y en este procedimiento.
Se podrá interponer recurso de alzada al rector en el plazo de un mes a través de la sede electrónica de la Universidad de Burgos, mediante la solicitud general. Con carácter general, la acción revisora solo abarcará las asignaturas incluidas en la solicitud inicial. Para la resolución de los recursos el rectorado o vicerrectorado podrá solicitar informe a la dirección o decanato correspondiente.
El/la alumno/a puede renunciar al reconocimiento de créditos que se le haya concedido, solicitándolo dentro del plazo del recurso de alzada.
Modificación de matrícula
Se establece un periodo de modificación de matrícula de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de la solicitud y del recurso. Se debe comunicar la solicitud de modificación a la secretaría del centro por correo electrónico. Los centros podrán establecer limitaciones a la modificación de matrícula para las asignaturas correspondientes al primer semestre.
Beca
Si se ha solicitado la beca del Ministerio de Educación o del Gobierno Vasco, el reconocimiento de créditos puede afectar a la concesión y cuantía que se obtenga. Es conveniente consultar la situación al Negociado de Becas, teléfono: 947258091, email: becas@ubu.es .
Precio público
Se debe abonar el precio que se establece en el decreto de precios públicos de la Junta de Castilla y León para el reconocimiento de créditos: el 25 % del precio del crédito.
Calificaciones del expediente
Los reconocimientos por enseñanzas superiores no universitarias, experiencia profesional, actividades universitarias y títulos propios se incorporan en el expediente con la calificación “reconocida” y sin calificación numérica.
Recogida de evidencias
Los centros universitarios deben dejar constancia o evidencia del cumplimiento de los criterios aplicados y de los procedimientos que establece la norma, mediante la incorporación de los informes emitidos por los órganos o los especialistas que intervengan, la evidencia de las comunicaciones o notificaciones a las personas interesadas y la documentación acreditativa, entre otros.
LIMITACIONES ESPECÍFICAS DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES Y COMUNICACIÓN AL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
Aprobado en Comisión de Transferencia y Reconocimiento de Créditos el 26/04/2023
• Las solicitudes tendrán un plazo máximo de resolución de 3 meses.
• En la modificación de matrícula tras la comunicación de la propuesta de resolución, el alumno no se podrá matricular de asignaturas del 1º semestre.
• En los planes de nueva implantación solo se podrá solicitar el reconocimiento de créditos de asignaturas que se estén impartiendo en el curso presente, no de aquellas pertenecientes a los cursos que aún no estén implantados.
LIMITACIONES ESPECÍFICAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD AL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
Aprobado en Comisión de Transferencia y Reconocimiento de Créditos el 24/05/2023 y en Junta de Facultad de 07/06/2023
• Las solicitudes podrán resolverse en un plazo máximo de 3 meses.
• En la modificación de matrícula tras la resolución, no se podrá matricular de asignaturas de grado del 1º semestre.
• En los grados de nueva implantación solo se puede solicitar el reconocimiento de créditos de aquellas asignaturas que se estén impartiendo en el curso actual, no de los cursos que no estén implantados
LIMITACIONES ESPECÍFICAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES AL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
Aprobado en Junta de Facultad el 1/12/2023
El tiempo de experiencia profesional y laboral para tener derecho al reconocimiento de créditos en relación a la obtención de las competencias establecidas en los siguientes másteres universitarios será, como mínimo, de 1 mes de experiencia profesional y laboral por cada crédito:
- Máster Universitario de Administración de Empresas
- Máster Universitario en Contabilidad Avanzada y Auditoría de Cuentas
- Máster Universitario en Información de Sostenibilidad y Aseguramiento