El doctorando del Programa Sociedad Plural y Nuevos Retos del Derecho, Fábio Machado Baldissera, defenderá mañana su tesis doctoral titulada “Las prerrogativas de la Administración Pública: Una relectura a la luz de la contratación pública del Siglo XXI”. Esta tesis ha estado dirigida por el profesor Fernando García-Moreno Rodríguez
La Tesis Doctoral “Las prerrogativas de la Administración Pública: Una relectura a la luz de la contratación pública del Siglo XXI” tiene como propósito fundamental realizar una revisión crítica de las prerrogativas con las que tradicionalmente ha contado, e incluso, aún en la actualidad, cuenta la Administración Pública a la hora de contratar con terceros. Estas prerrogativas a las que nos venimos refiriendo, han sido denominadas por la doctrina clásica, como “cláusulas exorbitantes”.
Efectivamente, la Administración Pública se ha prevalido siempre a la hora de contratar con terceros, de ciertos privilegios, ventajas, prerrogativas o beneficios que, lógicamente, han propiciado que la misma se encontrase, en relación con el sujeto o sujetos con quienes pretendía contratar, en una situación de superioridad y predominio más que evidente, con el consiguiente desequilibrio que ello producía en dicha contratación. Tal situación, a todas luces, injusta, por desproporcionada y desmedida, encontraba su justificación antaño (fundamentalmente en el Siglo XIX, pero también en gran parte del siglo XX) en la doctrina que sostenía la “supremacía del interés público sobre el interés privado”, la cual, en su momento, resultaba incuestionada dentro del Derecho Administrativo.
En la actualidad, y atendiendo al denominado Derecho Administrativo posmoderno, que persigue una mayor transparencia, igualdad entre las partes y proximidad en todos los sentidos entre la Administración Pública y los ciudadanos, tales prerrogativas o cláusulas exorbitantes de la Administración Pública a la hora de contratar, resultan absolutamente injustificadas y carentes de sentido, por lo que podemos afirmar y en este sentido, concluimos, que no hay espacio ni lugar dentro del Derecho Administrativo para poder admitir y dar por buenos tales conceptos. De hecho, lo previsible, a la luz de la relectura crítica de tales institutos jurídicos (prerrogativas administrativas o cláusulas exorbitantes), es que los mismos, poco a poco se irán extinguiendo, a la par que su alcance sufrirá una reducción considerable ya que resultan radicalmente incompatibles con los principios informadores del Derecho Administrativo actual y su diseño posmoderno. En definitiva, pronto tales conceptos, así como los desajustes que los mismos propician, pasarán a formar parte de la historia del Derecho Administrativo, o cuando menos, a ser, a diferencia de lo que hoy ocurre, la excepción que confirma la regla.