Paso 3. Desarrollo de la tesis
SOLICITUD INCORPORACIÓN DIRECCIÓN y/o CODIRECCIÓN DE TESIS DOCTORAL
Es adecuado que la dirección esté asignada en el momento de la admisión o, como máximo, en un plazo de 3 meses
INFORME ANUAL
Al final de cada curso académico sobre:
- Plan de investigación
- Documento de actividades
- Estado de desarrollo de la tesis doctoral
Informe anual Tutor o Tutora, Dirección de tesis y Comisión Académica:
- Favorable: imprescindible para continuar en el programa
- Negativo: se realiza un nuevo Plan de Investigación para que sea evaluado en el plazo de 6 meses:
- Favorable: imprescindible para continuar en el programa
- Negativo: baja definitiva del programa
BAJAS TEMPORALES
(Artículo 7 Reglamento de Doctorado)
* Solicitud de prórroga de baja temporal
- Baja temporal por situaciones específicas de la normativa vigente. Art. 7.1 del Reglamento de Doctorado
- El tiempo que duren las bajas interrumpirán el cómputo del plazo límite de duración de los estudios de doctorado
- NO EXIME de la obligación de matricularse en los plazos establecidos cada curso académico
- Solicitud: presentada mientras dure la situación de la baja y acompañada de la documentación justificativa que proceda.
- Duración: prevista en la normativa vigente.
- Si no se indica fecha de finalización, se da por finalizada el último día del curso académico en el que fue concedido
- Baja temporal voluntaria del programa de doctorado. Art. 7.2 del Reglamento de Doctorado
- Podrán solicitar períodos de baja temporal voluntaria hasta un total de 2 años por curso académico completo o por períodos inferiores.
- Solicitud: enviada y justificada ante la Comisión Académica, que es quien la otorgará o no.
- Por curso académico:
- El plazo para presentar la solicitud es el mismo que para la renovación de matrícula
- No existe obligación de matricularse. Si ya se hubiera formalizado la matrícula, se procederá a su anulación (en caso de que se hubiera abonado el importe, tiene derecho a su devolución)
- Durante este período, el expediente permanecerá cerrado. La Comisión Académica no realizará evaluación alguna
- Períodos mínimos de 3 meses:
- Las solicitudes se pueden presentar en cualquier momento y tienen efectos desde su concesión
- Existe obligación de matricularse
- Si la baja se ha extendido durante todo el curso académico o más de 7 meses, la Comisión Académica podrá calificarle como no evaluable
- Por curso académico:
PRÓRROGA
- Antes del depósito de la tesis y antes de cumplir el tiempo máximo para la realización de la tesis
- Podrá ser autorizada por la Comisión Académica por 1 año más, cualquiera que sea el régimen de dedicación, tras observar el informe anual del Tutor/a y Dirección y Comisión Académica
COTUTELA INTERNACIONAL
(Artículo 15 R.D. 576/2023)
- Tesis supervisada por Doctoras o Doctores de 2 o más universidades (una española y el resto extranjeras)
- La doctoranda o doctorando reciba 2 o más títulos por su tesis doctoral, uno por cada una de las instituciones
- Durante el periodo de realización de la tesis haya realizado una estancia mínima de 6 meses, en cada una de las instituciones
MENCIÓN INTERNACIONAL
(Artículo 26 Reglamento de Doctorado)
- Haya realizado 1 o varias estancias fuera de España durante, al menos, 3 meses de duración. En caso de realizar varias estancias, al menos una de ellas tendrá una duración mínima de 1 mes
- La estancia y actividades: avaladas por la Dirección + autorizadas por la Comisión Académica + justificadas por la entidad de acogida. Se incorporarán al Documento de Actividades
- Parte de la tesis doctoral (al menos el resumen y las conclusiones) se haya redactado y presentado en una lengua distinta a cualquiera de las oficiales en España. Esta norma NO será de aplicación cuando las estancias procedan de un país de habla hispana
- Que las 2 personas expertas informantes de la tesis pertenezcan a alguna institución no española. Dichas personas expertas NO podrán coincidir con las personas que realizaron tareas de tutoría en la entidad de acogida
- Que al menos 1 persona experta perteneciente a alguna institución o centro no español, distinto de la persona responsable de la estancia del primer apartado, haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis
MENCIÓN DOCTORADO INDUSTRIAL
(Artículo 27 Reglamento de Doctorado)
- La mención se obtiene al finalizar los estudios en las siguientes circunstancias:
- Que la tesis haya desarrollado un proyecto de investigación de interés de una entidad, empresa pública o privada o administración pública. La relación directa entre la tesis y la labor desarrollada deberá formalizarse en una memoria científico-técnica que deberá ser aprobada por la Comisión Académica. Quedan excluidas las universidades, organismos públicos de investigación y los hospitales universitarios. De manera excepcional se podrá realizar en estas instituciones (EXCEPTO universidades), siempre que el contenido de la tesis sea eminentemente aplicado
- Que se haya suscrito un convenio entre la entidad, empresa o administración pública y universidad para el desarrollo académico de la tesis
- Que la/el doctoranda/o haya estado contratada/o por la entidad, empresa o administración pública que desarrolle el proyecto de investigación al menos 1 año durante el desarrollo de la tesis, siendo necesario que una parte sustancial de la misma se desarrolle en la institución. Deberá aportar documento que demuestre la relación contractual.
- La doctoranda/o tendrá una persona tutora de la tesis designada por la universidad + una persona responsable designada por la entidad, empresa o administración pública que podrá ser directora o director de la tesis de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente
- En caso de existencia de cláusulas de confidencialidad que NO permitan la publicación de partes fundamentales de la tesis, se podrá solicitar la excepción parcial o total de la obligación de la publicación previa de trabajos.
Dicha excepción se deberá solicitar a la Comisión Académica, que deberá remitir un informe a la Escuela de Doctorado con la respuesta
MODIFICACIONES / CAMBIOS
- PLAN DE INVESTIGACIÓN
- RÉGIMEN DE DEDICACIÓN (Art. 6 Reglamento de Doctorado):
- Sólo se autoriza 1 cambio por curso académico
- Tiene efectos desde el día que es autorizado por la Comisión Académica
- Si el alumno o alumna se acoge en un mismo programa a las modalidades a tiempo completo y a tiempo parcial, la duración total se calcula en términos de tiempo completo, de manera proporcional
- TUTOR/A y DIRECTOR/A y/o CO-DIRECTOR/A se puede solicitar:
- Si el alumno o alumna no está conforme con la asignación
- Si el tutor o tutora, director o directora, o co-director o co-directora no está de acuerdo con la asignación
RENUNCIA
El estudiantado cuenta con el derecho formal de renunciar a su programa de doctorado en cualquier momento del proceso académico:
Última actualización: 2 de Julio de 2026
Información y contacto
Lugar:
Edificio de Administración y Servicios. C/ Don Juan de Austria, 1. 1ª planta 09001 Burgos (Burgos) España
Teléfono:
Correo electrónico