Ante la posibilidad de que alumnos de la Universidad de Burgos se vean, por razones tecnológicas, incapacitados para seguir telemáticamente asignaturas del segundo semestre del curso académico 2019-2020, en el que la pandemia COVID-19 ha llevado a adaptar la enseñanza y evaluación a un modelo no presencial, el rector Pérez Mateos ha firmado hoy una resolución rectoral en virtud de la cual se establecen cuatro supuestos que permiten la modificación/anulación extraordinaria de la matrícula. De igual manera, la citada resolución amplía el plazo de presentación de instancias con este fin hasta el día 15 de mayo incluido.
Las cuatro universidades públicas de Castilla y León y la Consejería de Educación acordaron, el pasado día 1 de mayo, establecer de manera conjunta tres supuestos en los que los estudiantes universitarios de la región pueden solicitar la anulación de asignaturas del segundo semestre, a los que la UBU suma un cuarto motivo, aplicable a las asignaturas de TFG o TFM de carácter experimental.
Desde este momento, los cuatro supuestos a los que los alumnos matriculados en asignaturas del segundo semestre pueden acogerse para la modificación/anulación de la matrícula de dichas asignaturas son:
1.- Asignaturas que no puedan seguirse telemáticamente por dificultades técnicas o falta de recursos tecnológicos o de otro tipo, debidamente justificadas, cuando los solicitantes no se hayan acogido ya al sistema de préstamo de recursos tecnológicos ofrecido por la UBU.
2.- Asignaturas cuyo seguimiento se haya visto seriamente dificultado por enfermedad del estudiante o de un familiar directo.
3.- Asignaturas cuyo seguimiento de su actividad docente y procesos de evaluación en modalidad no presencial se hayan visto impedidos por el cumplimiento de contratos laborales del estudiante relacionados con el COVID-19.
4.- Asignaturas de TFG o TFM, con carácter experimental, que el alumno prefiera realizar o terminar cuando las circunstancias sanitarias permitan actividades presenciales.
Por otro lado, la citada resolución rectoral mantiene hasta el 15 de mayo la instrucción, existente desde el pasado 21 de abril, por la que el supuesto de “no presentado” en las pruebas de evaluación de una asignatura, además de no computar en la convocatoria actual en términos académicos, tampoco surtirá efectos económicos perjudiciales adicionales de cara a la renovación en la siguiente matriculación de dicha asignatura.
La posibilidad de anular matrícula de asignaturas del segundo semestre se amplía hasta el 15 de mayo, en 4 circunstancias
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Última actualización: 4 de Mayo de 2020