Normativa reguladora reconocimiento Formación Externa
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Burgos, en sesión celebrada el día 12 de noviembre de 2015, aprobó el Reglamento de Formación del Personal Docente e Investigador y de Innovación Educativa de la Universidad de Burgos.
En el CAPÍTULO 8. REGISTRO GENERAL DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO DE LA UBU, que además de recoger la información relativa a la participación del profesorado en las actividades de formación permanente que se organicen desde el IFIE, también podrá recoger actividades de formación recibida externa a la UBU y en su:
<<Artículo 34. Procedimiento de inscripción de la formación externa en el Registro General de Formación.
1.- Los interesados podrán promover la inscripción de los certificados correspondientes a actividades de formación externas.
2.- La solicitud del interesado deberá ir acompañada de los documentos acreditativos de la participación y de la duración en horas de la actividad, así como de una traducción oficial del programa, en los supuestos en los que sea necesario.
3.- Corresponde a la Comisión de Formación el examen de las solicitudes y la formulación de la propuesta de resolución, la cual será elevada al Vicerrector competente en materia de formación del profesorado para que dicte resolución en un plazo no superior a tres meses. Transcurrido este plazo sin haberse notificado la resolución correspondiente, la solicitud podrá considerarse desestimada.>>
Última actualización: 14 de Septiembre de 2022