Información para Entidades Colaboradoras
Las estancias prácticas de Terapia Ocupacional son prácticas académicas externas.
Procedimiento Prácticas Académicas Externas
Las empresas, instituciones y entidades públicas o privadas en el ámbito nacional e internacional que deseen acoger a un estudiante universitario en prácticas, podrán hacerlo mediante el Programa de Cooperación Educativa de la universidad de Burgos.
| Para que un estudiante pueda comenzar sus prácticas académica externas curriculares en una entidad colaboradora es requisito legal imprescindible: que exista un Convenio de Cooperación Educativa vigente y que el Proyecto Formativo (Anexo al Convenio) esté firmado y a disposición de todas las partes implicadas. |
¿Cómo firmar un Convenio Marco de Colaboración o Convenio de Cooperación Educativa con la Universidad de Burgos (UBU)?
Si es la primera vez que la entidad acoge un estudiante en prácticas se realizará un Convenio Marco de Colaboración para los programas de Cooperación Educativa entre la UBU y la entidad. Se puede realizar este trámite rellenando el siguiente formulario:
Formulario para realizar un Convenio Marco de Colaboración
Para prorrogar un Convenio de Cooperación Educativa a extinguir, se puede solicitar rellenando el siguiente formulario:
Comunicación expresa para Solicitar prórroga del Convenio Marco de Colaboración
¿Qué debe hacer una entidad para poder ser colaboradora de los programas de cooperación educativa y acoger a un estudiante de terapia ocupacional en prácticas?
Una vez que exista un Convenio marco de colaboración entre la entidad colaboradora y la UBU, se podrá acoger estudiantes en estancias practicas, rellenando el siguiente formulario:
Formulario para acoger estudiantes en prácticas
Con la información de la entidad colaboradora facilitada y con los datos del estudiante en prácticas seleccionado según los criterios establecidos en el plan de estudios, al ser una asignatura del Grado en Terapia Ocupacional, se genera un Anexo al Convenio marco de Colaboración ( proyecto formativo) en el que se establecerán las especificidades de la prácticas.
El Proyecto formativo se enviará por correo electrónico a la persona de contacto de la entidad colaboradora firmado electrónicamente por un representante de la UBU. Posteriormente, la entidad lo firmará y se encargará de que lo firme el estudiante; Si la firma la realizan digitalmente lo envían por email a practicasterapia@ubu.es , y si no es así, deben enviar un original por correo ordinario y un escaneado al email.
¿Cuánto tiempo pueden durar las prácticas?
Al tratarse de prácticas académicas externas en la modalidad curricular, es decir, aquellas que vienen recogidas en el Plan de estudios del alumnado y que van a implicar reconocimiento de créditos, ( matriculados en la asignatura de prácticas), lo que marque dicho plan.
| Tipo Estancia práctica | Curso | Semestre | Créditos | Horas | Fechas realización curso 2025/2026 |
|---|---|---|---|---|---|
| Estancia práctica I | 2º | 2º | 6 | 84 | 05/02/2025 al 8/05/2026 |
| Estancia práctica II | 3º | 2º | 12 | 180 | 18/05/2026 al 26/06/2026 |
| Estancia práctica III | 4º | 2º | 12 | 180 | 05/02/2026 al 18/03/2026 |
| Estancia práctica IV | 4º | 2º | 12 | 180 | 25/03/2026 al 12/05/2026 |
Los horarios de realización se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. Los horarios en todo caso se procurarán que sean compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante.
¿Es necesario que un trabajador de la entidad tutorice al estudiante?
La entidad tiene la obligación de designar un trabajador vinculado a la misma como tutor externo, con una experiencia profesional y los conocimientos necesarios para poder realizar tutela efectiva. Esta persona no podrá coincidir con la persona que desempeñe las funciones de tutor académico de la UBU.
¿Es obligatorio cotizar a la Seguridad Social por los estudiantes en prácticas?
El Real Decreto- Ley 2/2023, de 16 de marzo y el Real DecretoLey 5/2023, de 28 de junio, regula la nueva cotización de los estudiantes de los programas de prácticas académicas externas desde 1 de enero de 2024, y establece que todos los estudiantes que realicen estancias prácticas, tengan o no contraprestación económica, deberán cotizar a la seguridad social.
La cotización por estos estudiantes en formación estará bonificada al 95%, al establecerse una reducción en la cotización.
Para más información:
Normativa de Prácticas Académicas Externas
¿El estudiante dispone de un seguro durante sus estancias prácticas?
El estudiante dispone de un seguro durante todo su periodo de prácticas.
Los estudiantes menores de 28 años disponen del Seguro escolar y los mayores de 28 años de un seguro de Cobertura de Accidentes incluido en la matrícula.
Última actualización: 24 de Septiembre de 2025