Criterios de adjudicación de plazas
CUPO GENERAL
| GRUPOS DE INGRESO | NOTA DE ADMISIÓN | PRIORIDAD EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS |
|---|---|---|
| Prueba de Acceso a la Universidad o equivalentes en regulaciones anteriores | 0,6*NMB + 0,4*PAU +a*X1 + b*X2 CDA +a*X1 + b*X2 | 1. º Estudiantes CON prueba de acceso a la Universidad o equivalentes en regulaciones anteriores. Prueba de Madurez y Ciclos Formativos de Grado Superior: Estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros de la UE y Convenios Internacionales con Acreditación UNED. Estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros con Bachillerato homologado y Acreditación UNED con establecimiento de modalidad de Bachillerato. 1) Convocatoria en que logró el requisito de acceso o superó la prueba (preferencia de la convocatoria ordinaria y de las convocatorias de años anteriores sobre la extraordinaria del curso actual). La mejora de nota en la convocatoria extraordinaria no modifica su situación respecto a la solicitud que efectuó en la convocatoria ordinaria. 2) Nota de Admisión. Las calificaciones de las materias ponderables superadas sólo pueden surtir efecto si el estudiante está en condiciones de acreditar la superación de la PAU o la obtención del correspondiente título de Formación Profesional en la misma o anteriores convocatorias. 2. º Estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros con Bachillerato homologado o con Acreditación UNED sin modalidad de Bachillerato: 1) Convocatoria en que logró el requisito de acceso. 2) Nota de Admisión. Las calificaciones de las materias ponderables superadas sólo pueden surtir efecto si el estudiante está en condiciones de acreditar la superación del requisito de acceso en la misma o anteriores convocatorias. |
| Pruebas de Madurez del Curso Preuniversitario | {Pruebas de Madurez + (Bachillerato + PREU) / 2} / 2 | |
| Bachillerato o equivalente de la Unión Europea y Acuerdos Internacionales con Acreditación UNED, que cumplan los requisitos de acceso en sus sistemas educativos de origen. | Calificación Acreditación UNED + a*X1 + b*X2 | |
| Bachillerato y Técnicos Superiores, Técnico Deportivo Superior y Técnico de Artes Plásticas y Diseño, con título homologado (1) | Calificación Credencial de homologación o Acreditación UNED + a*X1 + b*X2 | |
| Técnico Superior, Técnico Deportivo Superior y Técnico de Artes Plásticas y Diseño (LOE), Técnico Superior LOGSE, Módulos Profesionales de Nivel III, Formación Profesional de Segundo Grado | NMC + a*X1 + b*X2 |
| CUPO | GRUPOS DE INGRESO | NOTA DE ADMISIÓN | PRIORIDAD EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS |
|---|---|---|---|
| TITULADO UNIVERSITARIO O EQUIVALENTE 2% | Título universitario oficial español y Título universitario extranjero homologado o declarado equivalente por el Ministerio con competencias en esta materia. | Nota media del expediente | 1. Convocatoria en que logró el requisito de acceso (preferencia de la convocatoria de ordinaria y de las convocatorias de años anteriores sobre la extraordinaria del curso actual) 2. Nota de Admisión |
| (2) MAYORES DE 25 AÑOS 3% | Pruebas de Acceso para mayores de 25 años | Calificación final | 1. Universidad en la que ha superado la prueba 2. Opción de la prueba 3. Nota de admisión |
MAYORES DE 45 AÑOS Y MAYORES DE 40 (3) AÑOS 2% | Prueba de Acceso para Mayores de 45 años | Calificación final | Nota de admisión |
Acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional | Resolución del rector según criterios de acreditación con nota | ||
| ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD 5% | Según el grupo de ingreso del cupo general | La misma prioridad que la del cupo general | |
| DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL Y ALTO (4) RENDIMIENTO 3% (8% para el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y Grado en Fisioterapia) | Según el grupo de ingreso del cupo general | Las plazas del cupo de reserva para deportistas de alto nivel y de alto rendimiento se adjudicarán conforme a las preferencias establecidas en el artículo 2 punto 3 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y de alto rendimiento |
NMB= Nota media de bachillerato; PAU= Prueba de acceso a la Universidad o equivalentes en regulaciones anteriores (únicamente asignaturas troncales generales hasta 2023 y materias comunes y específicas obligatorias de modalidad a partir de 2024); X=calificación obtenida en las materias ponderables de bachillerato superadas en la PAU y en las pruebas de competencia específica superadas en la UNED y sus posibles combinaciones, siempre que estén incluidas en las tablas de ponderación correspondientes a cada universidad; CDA= calificación definitiva para la admisión a la universidad regulada en el R.D. 1640/1999, R.D. 990/2000 y R.D. 1025/2002); NMC= Nota media del Ciclo Formativo, FP II, o Módulos Profesionales de Nivel III; Acreditación UNED= calificación UNED que figura en la Acreditación y que será utilizada por las universidades españolas para establecer su nota de admisión.
(1) Los estudiantes que en el momento de concluir el plazo de preinscripción sólo dispongan del volante de inscripción condicional, grabarán en la aplicación informática de preinscripción la calificación provisional de 5,00 puntos.
Si poseen credencial de homologación grabarán la calificación que conste en la misma.
En todo caso, antes de que concluya el último plazo de matrícula, deberán presentar la credencial de homologación en la Secretaría del Centro en el que estén matriculados para actualizar su calificación de acceso. Si la homologación fuese posterior a esa fecha, igualmente deberán presentarla en la Secretaría del Centro.
(2) La calificación de «apto» obtenida en convocatorias anteriores al año 2000 se considerará como puntuación equivalente a cinco puntos. Los estudiantes con la prueba superada en la convocatoria de 2004 y anteriores indicarán, al efectuar la preinscripción, la Rama de Conocimiento a la que esté adscrita la titulación para la que superaron las pruebas, teniendo derecho a realizar la preinscripción en las titulaciones incluidas en esa Rama de Conocimiento. Los estudiantes con la prueba de acceso a la universidad superada según el R.D. 743/2003, de 20 de junio y la Orden EDU/1924/2004, de 21 de diciembre (convocatorias de 2005 a 2009) indicarán en la preinscripción la vía para la que superaron las pruebas, habiéndose establecido la siguiente correspondencia entre opciones de la normativa anterior y la actual:
| OPCIONES NORMATIVA ANTERIOR | OPCIONES NORMATIVA ACTUAL |
|---|---|
| Opción A. Científico Tecnológica | Opción B. Ciencias Opción E. Ingeniería y Arquitectura |
| Opción B. Ciencias de la Salud | Opción C. Ciencias de la Salud |
| Opción C. Humanidades | Opción A. Artes y Humanidades |
| Opción D. Ciencias Sociales | Opción D. Ciencias Sociales y Jurídicas |
| Opción E. Artes | Opción A. Artes y Humanidades |
(3) Para mayores de 45 años es requisito obligatorio tener superada la prueba en la Universidad de la titulación solicitada. Para mayores de 40 años es requisito obligatorio haber obtenido la acreditación en la Universidad y para la titulación solicitada.
(4) Deportistas de alto nivel así considerados por el Consejo Superior de Deportes. Deportistas de alto rendimiento, con las siguientes modalidades:
a. Quienes hayan sido seleccionados por las diferentes federaciones deportivas españolas para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categoría absoluta, en –al menos– uno de los dos últimos años.
b. Quienes hayan sido seleccionados por las diferentes federaciones deportivas españolas para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categorías de edad inferior a la absoluta, en –al menos– uno de los dos últimos años.
c. Quienes hayan sido calificados como deportistas de alto rendimiento o equivalente por las Comunidades Autónomas.
d. Quienes sigan programas tutelados por las federaciones deportivas españolas en los centros de alto rendimiento reconocidos por el CSD.
e. Quienes sigan programas de tecnificación tutelados por las federaciones deportivas españolas, incluidos en el programa nacional de tecnificación deportiva desarrollado por el CSD.
f. Quienes sigan programas de tecnificación tutelados por las federaciones deportivas españolas.
g. Quienes sigan programas tutelados por las Comunidades Autónomas o federaciones deportivas autonómicas, en los centros de tecnificación reconocidos por el CSD.
Última actualización: 8 de Mayo de 2026