Matriculación del profesorado
Normas de matrícula
II.11. Matriculación del profesorado
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario, el profesorado de la Universidad de Burgos no podrá matricularse como estudiante en los centros en los que imparta docencia. No obstante, esta limitación no será de aplicación al profesorado que deba cursar estudios de grado o máster con el fin de obtener una titulación universitaria de nivel superior a la que ya posee, siempre que cuente con la autorización expresa del rector.
Solicitud de autorización
Los profesores que cumplan los requisitos pueden enviar la solicitud de autorización a la dirección grado@ubu.es
Ficheros:
Última actualización: 3 de Junio de 2026