Con fecha 2 de marzo de 2011 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, de Valladolid, ha resuelto el Recurso de Apelación de la Universidad de Valladolid en relación al pleito de las tasas adeudadas a la Universidad de Burgos.
Esta Sentencia concluye en vía ordinaria el procedimiento abierto en octubre de 1998, cuando la Universidad de Burgos reclamó por vía judicial a la Universidad de Valladolid las tasas del curso académico 1994-1995.
Si bien en su día el Juzgado Contencioso-Administrativo nº2 de Valladolid estableció que la cantidad adeudada sobre la que debían aplicarse los intereses de demora era de 3.301.653,70 €, ahora el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha corregido esa cifra determinando que el principal de la deuda asciende a 1.185.454,29 €, cantidad a la que deben aplicarse los correspondientes intereses de demora, que ascienden a 823.078, 78 €., lo que suma una cantidad total a abonar por la UVA a la UBU de 2.008.533,07 €.
Esta diferencia de cantidades deriva de que el Juzgado Contencioso-Administrativo nº2 de Valladolid no detrajo de la deuda ninguna cantidad derivada de gastos de personal, deduciendo sólo gastos de funcionamiento. Este criterio ha sido corregido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que ha considerado que deben detraerse ambos tipos de gastos, tanto de funcionamiento como de personal.
La sentencia establece que no procede hacer imposición de costas a ninguna de las partes en esta instancia y establece que se trata de una sentencia firme contra la que no cabe recurso ordinario alguno.
La Universidad de Burgos, como no puede ser de otra forma, acata el fallo judicial, aunque no lo comparte por alejarse sustancialmente de sus pretensiones iniciales.
Una vez analizada con detalle la Sentencia por los servicios jurídicos, se determinarán las acciones a seguir y se estará en condiciones de realizar ulteriores valoraciones.