Corresponde al Servicio de Inspección el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Supervisar el funcionamiento y la adecuación de las actuaciones de los Centros, Departamentos, Servicios y Unidades de la Universidad de Burgos a la normativa vigente.
b) Controlar el cumplimiento del Encargo Docente asignado a cada profesor, incluyendo las obligaciones docentes y de tutoría o asistencia al alumnado, y en su caso las obligaciones de permanencia del Personal Docente e Investigador en la forma que se determine en la normativa vigente (1)
c) Colaborar con los Centros y Departamentos, a través de los Decanos y Directores de Centro y los Directores de Departamentos, en el control del cumplimiento de la programación académica, así como supervisando que se desarrollen en los horarios y espacios físicos que tengan asignados.
d) Colaborar con los Centros, Departamentos, Servicios y Unidades a través de sus respectivos responsables en el control del cumplimiento de sus obligaciones por el Personal de Administración y Servicios que tengan asignado, así como por los estudiantes de la Univesidad de Burgos.
e) Informar al Rector de posibles disfuncionalidades y conductas sancionables en que pudieran haber incurrido algún miembro de la comunidad universitaria para que éste, en su caso, incoe los correspondientes expedientes disciplinarios.
f) Realizar el seguimiento de las propuestas de mejora, instrucciones de actuación y medidas correctoras.
g) Elaboración de informes y estadísticas que permitan mejorar el funcionamiento de los órganos inspeccionados.
h) Cualquier otra que le atribuya el Rector en el ámbito de actuación propio del Servicio de Inspección.
(1) La Resolución de 6 de junio de 2014 por la que se ordena la publicación de la Normativa reguladora de la Dedicación Académica del Profesorado de la Universidad de Burgos establece en su artículo 11 que "el incumplimiento de las actividades encomendadas por el Departamento será comunicado por los Decanos, Directores de Centro o Directores de Departamento al vicerrectorado con competencia en materia de profesorado, que encargará al Servicio de Inspección el inicio de las actuaciones inspectoras que procedan".
El Servicio de Inspección participa en la evaluación de la actividad docente a través de la emisión de informes individualizados donde se constata la existencia o inexistencia de incidencias injustificadas en el cumplimiento de las obligaciones docentes detectadas, así como de expedientes disciplinarios incoados y concluidos con sanción, en el periodo evaluado.