Principios de actuación:
- El personal del Servicio de Inspección desarrollará sus funciones con sujección a los principios de legalidad, imparcialidad, eficacia y eficiencia. Además, no podrá ser sancionado o expedientado por causa de las recomendaciones o informes que manifiesten o elaboren en el ejercicio de sus funciones.
- El personal del Servicio de Inspección observará en sus actuaciones el deber de sigilo profesional. De igual modo, la documentación derivada de las actuaciones del Servicio de Inspección tendrá carácter confidencial y estará sujeta a reserva por parte de todos los integrantes del Servicio de Inspección, así como de cualquier otra persona que haya colaborado o intervenido en las actuaciones.
- El personal del Servicio de Inspección estará obligado a acreditarse como tal ante el personal objeto de las actuaciones de inspección, para lo cual contará con la credencial correspondiente.
- Las actuaciones del Servicio de Inspección estarán sujetas al principio de planificación, sometiéndose a un Plan anual de Actuaciones Inspectoras, que reflejará las actuaciones ordinarias previstas para cada ejercicio.
Potestades del Servicio de Inspección:
- Acceso libre a todos los espacios de la Universidad
- Realizar entrevistas con el personal adscrito a Centros, Departamentos, Servicios o Unidades inspeccionados
- Acceso a toda la documentación de los Centros, Departamentos, Servicios o Unidades inspeccionados
- Recabar la colaboración de los responsables de los Centros, Departamentos, Servicios o Unidades Inspeccionados