Ayudas para contratos Torres Quevedo - 2018

Cerrada
Datos de la convocatoria

Plazo de solicitud

22 de enero de 2019 a las 08:00 hasta 12 de febrero de 2019 a las 15:00

Fecha de la convocatoria

20 de diciembre de 2018
¿A quién va dirigida?

Empresas públicas y privadas, spin-off y JEIs (Jóvenes Empresas Innovadoras), centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales, y parques científicos y tecnológicos.

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Información de la convocatoria

logo​Ayudas de una duración de tres años a empresas, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos para la contratación laboral de doctores que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos, a fin de favorecer la carrera profesional de los investigadores, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.

 

Tipo de ayuda

Subvención (costes salariales y cuota empresarial de la Seguridad Social para los doctores contratados).

Objetivo

Contratación laboral de doctores que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos.

Beneficiarios
  • Empresas (incluidas spin-off y jóvenes empresas innovadoras)
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal
  • Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal
  • Asociaciones empresariales
  • Parques científicos y tecnológicos
Duración

3 años

Plazo de presentación de la solicitud

Del 24 de enero al 14 de febrero de 2019 a las 15:00 horas (hora peninsular).

Intensidad máxima de la ayuda

tabla

Coste de contratación anual máximo financiable

55.000€

Retribución bruta anual mínima para que sea subvencionable

20.000€

Requisitos de los investigadores
  • Estar en posesión del grado de doctor en la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber estado vinculado laboralmente con la entidad con la que solicita una ayuda de esta actuación ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma entre el 9 de febrero de 2017 y el 1 de febrero de 2018, ambos inclusive.
  • No contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda.
  • No estar incluido como candidato en la solicitud de más de una entidad.
Características del contrato objeto de ayuda
  • El contrato objeto de subvención debe tener carácter indefinido, al menos, desde la fecha de inicio de cómputo de la ayuda y ser a jornada completa.
  • Se podrá solicitar una ayuda para doctores ya contratados por la entidad solicitante en el momento de presentar la solicitud a esta actuación, siempre que la contratación se haya realizado con posterioridad al 1 de febrero de 2018.
  • Cuando la incorporación del doctor al centro de trabajo se produzca con posterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la ayuda comenzará a contar su plazo desde la fecha efectiva de incorporación del doctor a su centro de trabajo (que deberá ser dentro de los 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión).
  • En el caso de que el doctor ya estuviera contratado por la entidad con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la ayuda comenzará a contar su plazo desde el momento en el que el contrato tenga carácter indefinido. Dicha situación deberá producirse, como fecha máxima, dentro de los 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión.
  • Si el contrato ya tuviera carácter indefinido en la fecha de publicación de la resolución de concesión, la ayuda comenzará a contar su plazo al día siguiente al de publicación de la resolución de concesión.
Presentación de las solicitudes

De forma telemática: https://sede.micinn.gob.es
La solicitud debe contener, entre otros, el CV normalizado del candidato (https://cvn.fecyt.es/) y la memoria de la actividad de I+D a realizar por el investigador propuesto.

Número máximo de solicitudes por entidad

3 (para proyectos claramente diferenciados)

Criterios de evaluación
  • Méritos curriculares del candidato y adecuación del mismo a las tareas a realizar en función de la experiencia profesional y formación. (De 0 a 35 puntos).
  • Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta incluyendo previsión de protección de resultados. (De 0 a 35 puntos).
  • Impacto y efecto incentivador de la ayuda en la actividad de I+D+I en la entidad solicitante. (De 0 a 30 puntos).
Forma de pago de la ayuda

Anualmente por adelantado, tras la presentación del contrato la primera anualidad y tras la justificación de la actuación previa en la segunda y tercera anualidad.

Incompatibilidades

Incompatible con cualquier otro contrato laboral por parte del personal contratado.
Los contratos no podrán ser financiados por otras ayudas o ingresos provenientes de entidades públicas o privadas para la misma finalidad.

Más información
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Última actualización: 21 de abril de 2025