Ayudas para estudiantes de Másteres Oficiales de la Universidad de Burgos para el curso 2023/2024 financiadas por la asociación AlumniUbu

Cerrada
Datos de la convocatoria

Plazo de solicitud

23 de junio de 2023 a las 00:00 hasta 15 de septiembre de 2023 a las 00:00

Fecha de la convocatoria

19 de junio de 2023
¿A quién va dirigida?

Serán beneficiarios de estas ayudas , quienes reúnan los siguitenes requisitos:

- Haber otenido el título de graduado en una titulación oficial por la Universidad de Burgos en los curso 2020/2021,2021/2022 o 2022/2023-

- Poseer una nota media del expediente superior en un 10% respecto de la media de la titulación

- Matricularse en la Universidad de Burgos en cualquiera de los másteres oficiales ofertados.

Solicitudes e impresos
Ver solicitudes e impresos

Información de la convocatoria

Ayudas financiadas por la Asociación AlumniUbu para titulados universitarios que se hayan graduado en la Universidad de Burgos y hayan finalizado dichos estudios en los cursos 2020/2021, 2021/2022 o 2022/2023 que vayan a matricularse en el curso 2023/2024 en un máster oficial en la Universidad de Burgos.

Información de la solicitud

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible a través del enlace: solicitud. Podrá realizarse de las siguientes maneras:

1.- Preferentemente, cumplimentando la solicitud  y presentándolo a través de la Sede electrónica de la Universidad de Burgos https://sede.ubu.es/catalogo/OTRASA/

A la sede electrónica deberá acceder con certificado digital, o DNI electrónico y tener instalado autofirma o mediante firma con doble factor de autenticación.

Si no posee certificado digital o desea realizar mediante firma con doble factor de autenticación, puede consultarlo en la página web.

2.- Cumplimentando el formulario accesible a través  del enlace solicitud y presentarlo, junto con la documentación exigida en el registro general (Edificio de Administración y Servicios, C/ Don Juan de Austria, 1) o en los registros auxiliares de la Universidad de Burgos (Secretarias Administrativas de los Centros) debiendo personarse el estudiante que solicita la beca presencialmente y acreditándose con su documento nacional de identidad.

 

3. También podrá presentar la solicitud cumplimentada  por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015,  de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Última actualización: 21 de abril de 2025