Información de la convocatoria
Mediante la ECM/97/2026, de 13 de febrero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 42, de 17 de febrero, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas en programas de talento para la internacionalización de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante, ICEX).
La presente convocatoria, nace al amparo de una nueva Orden de Bases reguladoras ECM/97/2026, aprobada con el fin de homogeneizar y regular de una manera más eficiente, si cabe, la gestión de los distintos programas de subvenciones para prácticas formativas que desarrolla ICEX, donde se enmarca su Programa de Becas de Internacionalización Empresarial, permitiendo así, una gestión conjunta y coherente.
Estas becas constituyen una ayuda económica para la realización de las acciones formativas objeto de este Programa a lo largo de sus distintas fases. Los correspondientes importes están establecidos en función de las dotaciones brutas que los becarios y becarias percibirán en cada una de las fases y con las que deberán afrontar los gastos para poder alcanzar los objetivos de estas becas en función de la duración de la actividad. Uno de los aspectos que esta convocatoria contempla, está relacionado directamente con la necesidad de adecuar la relación de destinos en el exterior y cuantías a percibir en los mismos. Tal y como se refleja en la orden de bases, en su artículo 8.1 “Las ayudas serán disposiciones dinerarias destinadas a financiar los gastos que afrontan los beneficiarios a la hora de participar en los programas de talento para la internacionalización de ICEX. Las convocatorias de dichos programas, en atención al objetivo de la subvención, contendrán la cuantía individualizada de la subvención, que vendrán reflejadas en la propuesta de concesión de las subvenciones”. En este sentido, esta convocatoria contempla la adecuación de los importes de las dotaciones brutas que se otorgan como ayudas durante las fases de formación práctica, y que han sido revisadas teniendo en cuenta el incremento del coste de vida en distintos países y ciudades de destino en el exterior, y de los costes de transporte y otros costes asociados al acceso al destino, los cuales deberán ser sufragados por las personas beneficiarias, con el objetivo de procurarles unas condiciones dignas de vida y de dedicación durante su fase de prácticas.