Ayudas para proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y de proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en el ámbito de la industria manufacturera, adaptados al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:
1.º - Economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor.
2.º - Descarbonización, eficiencia energética y nuevas fuentes de energía sostenible.
3.º - Materiales y productos avanzados.
4.º - Innovación en procesos de calidad y seguridad.
5.º - Innovaciones del proceso productivo derivados de la prioridad temática 3
a) Sector automoción: 20.000.000 €.
b) Sector ferroviario: 10.000.000 €
c) Otras industrias manufactureras: 35.000.000 €
Sociedades con personalidad jurídica propia en España legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que desarrollen una actividad industrial productiva, durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, con independencia de su tamaño.
a) Investigación industrial: La investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
b) Proyectos de desarrollo experimental: La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios. Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales.
El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados.
El desarrollo de prototipos y proyectos piloto que puedan destinarse a usos comerciales también estará incluido si el prototipo es necesariamente el producto comercial final y resulta demasiado costoso producirlo para utilizarlo solamente a efectos de demostración y validación.
c) Proyectos de innovación en materia de organización: La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores.
d) Proyectos de innovación en materia de procesos: La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).
Los proyectos de innovación en materia de procesos y organización realizados por grandes empresas únicamente serán objeto de ayuda si colaboran de manera efectiva con PYMES, en la actividad objeto de ayuda y si las PYMES con las que colaboran corren con un mínimo del 40% del total de los costes subvencionables. A todos los efectos, la responsable de la actuación frente a la Administración será únicamente la solicitante.
El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será 100.000 €
Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
Las ayudas convocadas mediante esta orden tendrán la forma de préstamos reembolsables
- Importe del préstamo a conceder será como máximo el 80% de la inversión financiable
- Plazo de amortización total de 10 años y 3 años de carencia
- Tipo de interés aplicable será del 0%
- El método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización del principal serán anuales y de igual cuantía y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
- Para los proyectos de investigación industrial, 10.000.000 € por empresa y proyecto
- Para los proyectos de desarrollo experimental, 7.500.000 € por empresa y proyecto.
- Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 5.000.000 € por empresa y proyecto.
- Por empresa 10.000.000 € por el total de los proyectos en los que resulte beneficiaria en la misma convocatoria, respetando los límites anteriores.
Se exigirá la presentación del resguardo de constitución de garantía tras la notificación de la propuesta de resolución provisional y antes de la resolución de concesión de la ayuda ante la Caja General de Depósitos bajo la modalidad de"Avales prestados por entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca", y con los requisitos establecidos para la misma, por importe del 20 % del préstamo propuesto.
Desde 18 de octubre hasta el 21/11/2019.
Las solicitudes para la obtención de apoyo financiero se dirigirán a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, órgano competente para instruir el procedimiento, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.
Podéis acceder a la información de la convocatoria y las bases reguladoras en el siguiente enlace: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/477215