La convocatoria Retos de Colaboración está destinada a financiar proyectos de colaboración entre empresas y centros de investigación públicos y privados para promover la investigación orientada a la resolución de los retos de la sociedad especificados en el Plan estatal de I + D + I mediante el desarrollo de nuevos productos, procesos y servicios.
Financiación de proyectos de I+D en colaboración entre empresas, organismos de investigación, centros tecnológicos y asociaciones empresariales sectoriales.
Presupuesto mínimo del proyecto: 500.000 €.
- Subvención de hasta el 100% para organismos públicos (costes marginales)
- Subvención de hasta el 100% para organismos privados (costes totales)
- Préstamo de hasta el 95% para las empresas (dependiendo de si PYME y calificación financiera (A, B ó C).
- Préstamos para empresas. Condiciones:
- Interés crédito: Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil.
- Plazo fijo de carencia: 3 años
- Plazo máximo de devolución: 7 años.
- Avales: 25% del préstamo concedido, cuando el préstamo total concedido al proyecto sea mayor o igual a 1M € o bien el préstamo concedido al beneficiario sea mayor o igual a 200.000€.
- Plazo máximo de amortización: 10 años.
- Líder del consorcio ha de ser obligatoriamente una empresa.
- Duración del proyecto: Los proyectos deberán ser plurianuales, parte del proyecto deberá realizarse en el año 2016 y se deberá solicitar ayuda para el año 2016. Como mínimo acabarán el 31 de diciembre de 2017 y como máximo acabarán el 31 de diciembre de 2019.
- El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado.
- Participación mínima de cada socio: 10%
- Participación del conjunto de empresas integrantes debe ser mayor al 60%, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70 % de dicho presupuesto.
- Una empresa no puede superar el 70% del presupuesto total.
- El presupuesto global de la actividad subcontratada por participante no podrá ser superior al 50% del presupuesto de dicho participante.
- Acuerdo firmado por todos los socios en el momento de la solicitud.
- No hay responsabilidad solidaria frente a la devolución del préstamo.
- Pago directo e individualizado a cada miembro del consorcio.
Número máximo de páginas excluyendo la portada y el índice: 100
Personal (propio o nueva contratación, que cotice en la Seguridad Social), equipamiento, material fungible (no oficina ni consumible), auditoría, subcontratación, viajes, patentes, consultoría (solamente para el líder, máximo 10.000 euros/año) o asistencia técnica.
Los conceptos susceptibles de ayuda, varían en función de si se trata de Organismos Públicos de Investigación o Empresas.