La convocatoria Retos de Colaboración está destinada a financiar proyectos de colaboración entre empresas y centros de investigación públicos y privados para promover la investigación orientada a la resolución de los retos de la sociedad especificados en el Plan estatal de I + D + I mediante el desarrollo de nuevos productos, procesos y servicios.
Proyectos de desarrollo experimental, en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover la introducción de un producto (bien o servicio) o de un proceso nuevo o significativamente mejorado, de un nuevo método de comercialización o de un nuevo método organizativo en las prácticas internas de una entidad, la organización del lugar de trabajo o las relaciones exteriores de dicha entidad.
- Centros públicos de I+D: Organismos públicos de investigación, universidades públicas, institutos de investigación sanitaria acreditados y otros centros públicos de I+D.
- Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros.
- Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D y otros centros privados de I+D.
- Centros con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.
- Empresas
- Asociaciones empresariales sectoriales. excepto agrupaciones de interés económico.
Desde el 14 de noviembre de 2017 a las00:00 horas (hora peninsular) y finalizará el día 13 de diciembre de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular).
- Temática alineada con las prioridades de alguno de los ocho Retos del Programa Estatal de I+D+i orientada a los Retos de la Sociedad.
- Proyecto enmarcado en un único reto
- Cuantía mínima: 500.000€
- Duración: Entre dos y cuatro años, iniciándose obligatoriamente en 2018.
- Participantes: mínimo dos entidades, una de ellas un centro de investigación público o privado.
- Coordinador: Empresa, (responsable de las relaciones con la administración). Posibilidad de nombrar un coordinador técnico (obligatorio en este caso recoger sus tareas tanto en la memoria como en el acuerdo de consorcio).
- Presupuesto mínimo por entidad: 10% del presupuesto total
- Presupuesto máximo por entidad: 70% del presupuesto total
- Presupuesto mínimo de la parte empresarial: superior al 60%
- Porcentaje máximo de subcontratación: No superior al 50% del presupuesto de cada participante
ORGANISMOS PÚBLICOS Y FUNDACIONES (Costes marginales)
- Costes de adquisición de aparatos y equipos nuevos, siempre que se dediquen en exclusiva al proyecto y su vida útil coincida con la duración del proyecto. Se excluyen equipos informáticos de uso genérico.
- Gastos de material fungible y consumible directamente derivados del proyecto. No se financiarán gastos de material de oficina y consumibles informáticos.
- Informe de auditoría de cuentas, con el límite máximo de 1.200€ por beneficiario y año (sólo si la entidad no tiene obligación de auditar sus Cuentas; auditor inscrito en el ROAC).
- Subcontratación de actuaciones del proyecto (máximo 50% del presupuesto del participante)
- Otros costes directos:
- Contratos y asistencias técnicas: servicios relacionados con el proyecto, no susceptibles de contratación.
- Viajes, estrictamente necesarios para la realización del proyecto (límite 2.000€ beneficiario y año).
- NO serán financiables los gastos personal propio ni la amortización de equipos adquiridos con fondos públicos.
ORGANISMOS PRIVADOS (Costes totales)
- Gastos de personal
- Amortización de aparatos y equipos. Se excluyen equipos informáticos de uso genérico.
- Gastos de material fungible y consumible directamente derivados del proyecto. No se financiarán gastos de material de oficina y consumibles informáticos.
- Informe de auditoría de cuentas, con el límite máximo de 1.200€ por entidad beneficiaria y anualidad (sólo si la entidad no tiene obligación de auditar sus Cuentas; auditor inscrito en el ROAC).
- Subcontratación de actuaciones del proyecto (máximo 50% del presupuesto del participante)
- Otros costes directos:
- Patentes: Solo a pymes
- Gastos de consultoría: Solo al coordinador del proyecto, y con límite de 10.000€/año.
- Contratos y asistencias técnicas: servicios relacionados con el proyecto, no susceptibles de contratación.
- Viajes, estrictamente necesarios para la realización del proyecto (límite 2.000€ beneficiario y año).
- Costes indirectos: proporcionales a las horas de personal (conceptos 621, 622, 624, 628 y 629 de la cuenta 62).
ORGANISMO PÚBLICO DE INVESTIGACIÓN
Subvención+ Anticipo FEDER, hasta el 100% de los costes elegibles
ORGANISMO PRIVADO DE INVESTIGACIÓN
Subvención hasta el 100% de los costes elegibles
EMPRESA PÚBLICA
Subvención, hasta el 40% de los costes elegibles.
EMPRESA PRIVADA
- Préstamo (hasta el 95% del presupuesto financiable). Principal diferencia con la convocatoria 2016: posibilidad de recibir anticipos en todas las anualidades, no sólo en la primera.
- Tipo de interés: 0%
- Plazo máximo de amortización: 10 años, con 3 de carencia.
- Intensidad de ayuda: En función del tamaño y la calificación económica de la empresa:
- Intensidad máxima:
- Gran empresa: 40%
- Mediana empresa: 50%
- Pequeña empresa: 60%
- Para pymes que desarrollen el 100% de la actividad del proyecto en Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Ceuta, Extremadura, Galicia, Melilla, Principado de Asturias y Región de Murcia, la ayuda para el año 2016 será en forma de subvención. Requisitos:
- Aunque la sede de la entidad esté en otra CCAA, se debe declarar como lugar efectivo de realización de todo el proyecto el situado en la CCAA correspondiente, y además:
- El personal imputado en el proyecto debe cotizar en esa CCAA.
- Los equipos y aparatos amortizados en el proyecto estén en la CCAA y permanezcan en ella hasta 5 años después de la realización del proyecto.
- Aunque la sede de la entidad esté en otra CCAA, se debe declarar como lugar efectivo de realización de todo el proyecto el situado en la CCAA correspondiente, y además:
- Compatible con otras ayudas mientras no se superen las intensidades máximas.
- GARANTÍAS: Necesidad de presentar garantías por el 25% del principal, para préstamos iguales o superiores a 200.000€/beneficiario o si el presupuesto de la parte empresarial supera 1M€.
- Efecto incentivador: Inicio de actividad tras la presentación de la solicitud del proyecto.
Por vía electrónica (inscripción previa del representante de la entidad participante en el Registro Unificado de Solicitantes y de la propia entidad en el Sistema de Entidades de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación).
- Número máximo de páginas excluyendo la portada y el índice: 100
- Tamaño de letra: 11 puntos
- Contenido:
- Resumen ejecutivo. Aprox. 2 páginas.
- Objetivos científicos y tecnológicos e innovaciones tecnológicas del proyecto. Aprox. 10 páginas.
- Descripción técnica y plan de trabajo. Aprox. 30 páginas.
- Presupuesto del proyecto. Aprox. 10 páginas.
- Capacidad del consorcio. Aprox. 13 páginas.
- Explotación de resultados. Aprox. 15 páginas.
- Impacto socioeconómico. Aprox. 8 páginas.
- Internacionalización. Aprox. 12 páginas.
- Las empresas que tengan las cuentas de los tres últimos ejercicios registradas no tendrán que aportar ninguna información adicional.
- Las empresas que no tengan obligación de registrar sus cuentas o no tengan alguna de las cuentas de los tres últimos ejercicios registradas, deberán presentar las cuentas cerradas y auditadas de los tres últimos ejercicios.
- Empresas de reciente creación :Plan de negocio
- Entidades con personal socio-accionista: Poder notarial y titulación académica.
- Web oficial
- Extracto de la Resolución de 27 de octubre de 2017 de la convocatoria de tramitación anticipada del año 2017, para la concesión de las ayudas correspondientes a la convocatoria Retos-Colaboración
- Resolución por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada de Retos-Colaboración 2017
- Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre
- Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre