Canal de Defensoría Universitaria

¿Crees que se han vulnerado tus derechos y la UBU no ha hecho lo suficiente?

Descripción: 

La Defensoría Universitaria es un servicio independiente, que actúa de oficio o a instancia de parte, para el cumplimiento de las siguientes funciones:

  • Velar por el respeto de los derechos y las libertades de todas las personas que forman parte de la comunidad universitaria (PDI, Estudiantado y PTGAS), ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios.
  • Orientar su actividad siempre hacia la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos, favoreciendo especialmente la convivencia, la cultura de la ética, la corresponsabilidad y las buenas prácticas.
  • Acompañar y mediar en las controversias y conflictos, ya sean administrativos o de tipo personal, buscando soluciones justas para las partes implicadas.
  • Promover que los problemas se resuelvan mediante el diálogo y la colaboración, formulando recomendaciones no vinculantes. 

¿Qué se puede comunicar aquí? 

Puedes solicitar atención de la Defensoría Universitaria por cualquier medio (correo electrónico, teléfono, registro del órgano o de modo presencial):

  • Cuando consideres que se están viendo afectados tus derechos o intereses legítimos dentro de la universidad y entiendes que la institución no hace lo suficiente.
  • Cuando detectes situaciones o deficiencias que consideres injustas o anómalas y quieras que una persona independiente te escuche con imparcialidad y confidencialidad.
  • Cuando necesites orientación, asesoramiento o información sobre tus derechos, las normas aplicables o las distintas vías de solución disponibles.
  • Cuando quieras resolver una situación de forma dialogada, conciliadora o aclaratoria, sin que esa acción tenga carácter sancionador.

¿Cómo se va a tramitar?

  • Puede dirigirse a la Defensoría cualquier miembro de la comunidad universitaria, tanto de forma individual como colectiva, o a través de los representantes de sus distintos colectivos, así como personas externas que puedan verse afectadas por decisiones o actos de la Universidad.
  • La Defensoría investigará la cuestión planteada, solicitará cuanta información necesite, recabará la documentación que considere oportuna y podrá mantener entrevistas o reuniones con las personas de la comunidad universitaria que puedan aportar datos relevantes.
  • Las consultas se analizarán de forma imparcial y confidencial y toda la información recabada tendrá carácter reservado. Se tomarán las medidas oportunas para garantizar el anonimato, siempre que el propio procedimiento no requiera necesariamente revelar la identidad.
  • Se podrá ofrecer mediación, conciliación o buenos oficios para ayudar a alcanzar una solución consensuada y satisfactoria basada en el diálogo.
  • La Defensoría podrá emitir recomendaciones no vinculantes a los órganos implicados y hacer seguimiento del caso, siempre respetando la normativa universitaria vigente. Sus recomendaciones, propuestas o informes no modificarán resoluciones o acuerdos emanados de los órganos de la UBU.
  • No se tramitarán reclamaciones o cuestiones que no sean presentadas por los afectados, ni aquellas que ya estén inmersas en un proceso judicial, en un expediente administrativo disciplinario o cuando, agotadas todas las instancias y recursos, haya transcurrido más de uno año desde su finalización. 
  • Tampoco conocerá de asuntos estrictamente privados entre particulares. 

Más información:

Normativa relacionada:

Última actualización: 7 de Abril de 2026