PRESENTACIÓN
La formación de los empleados públicos constituye una necesidad insoslayable cuya meta es conseguir cumplir los objetivos de eficacia, eficiencia y modernización de las Administraciones públicas. Desde esta perspectiva, para que la Administración pueda servir de manera eficaz al interés público deben diseñarse instrumentos y mecanismos que permitan una continua actualización de los recursos humanos existentes, incorporando las nuevas tecnologías, las modernas técnicas de dirección y gestión y adaptando sus estructuras a la realidad social en permanente transformación y evolución.
Con la formación se consigue no sólo incrementar la calidad y la productividad de los empleados públicos, sino que además es un mecanismo de motivación y compromiso, de progreso personal y profesional, así como de medio de transmisión y conservación del conocimiento.
Consciente de esta importancia la Universidad de Burgos estableció en el artículo 159.2 de sus Estatutos, la elaboración de un plan anual de formación y perfeccionamiento del personal de administración y servicios. Además, aprobó en 2014 una Normativa interna cuyo objeto es la regulación concreta de la formación de este colectivo.
CRITERIOS GENERALES
El Plan de Formación es el instrumento de gestión que permite la integración de las distintas acciones formativas en un conjunto coherente y ordenado de iniciativas dirigidas a la consecución de los objetivos establecidos para dar respuesta a las necesidades formativas detectadas por la Universidad.
El Plan está orientado hacia la carrera profesional. En este sentido, su principal objetivo es la mejora del servicio que se presta a los ciudadanos, así como el desarrollo personal y profesional de los trabajadores de la Universidad.
El Plan de Formación de la Universidad de Burgos está concebido como un mecanismo abierto y dinámico, teniendo en cuenta que las necesidades de formación son muy cambiantes y precisan de la incorporación de nuevas e innovadoras ideas y, en consecuencia, de nuevas actividades formativas.
Es un documento consensuado entre los responsables de la Universidad y los representantes de los trabajadores a través de la Comisión de Formación que se constituye en el órgano de participación en la evaluación de las necesidades de formación y de seguimiento de la ejecución de los planes de formación.
OBJETIVOS
- Poner a disposición de todo el personal que presta servicios en la Universidad de Burgos, los recursos necesarios para su formación, reciclaje y perfeccionamiento.
- Posibilitar el desarrollo personal de todos los trabajadores de esta Universidad.
- Impulsar un proceso de formación adaptado a las necesidades y demandas del personal de la Universidad, elaborado de forma participativa.
- Servir de punto de partida para un posterior desarrollo de la promoción interna y carrera profesional.
Objetivos específicos:
- Formar en la cultura y organización de la Universidad de Burgos al personal de nuevo ingreso.
- Capacitar y dotar a mandos y directivos de métodos de trabajo, gestión y dirección eficaces y acordes a las necesidades institucionales y sociales.
- Perfeccionar e impartir conocimientos de gestión que dinamicen el proceso interno y mejoren la prestación de servicios públicos.
- Fomentar comportamientos y poner en práctica estilos y métodos de comunicación internos que pongan el énfasis en prestar servicio al máximo nivel a los estudiantes, a los profesores y a la comunidad universitaria en general.
- Desarrollar el conocimiento y uso de las tecnologías más avanzadas como instrumento de trabajo.
- Facilitar el reciclaje y la adaptación a los empleados públicos cuyo puesto de trabajo y desempeño de tareas esté sometido a cambios e innovaciones tecnológicas.
- Los objetivos específicos incluidos en la legislación
Estas acciones se desarrollarán, con carácter general, dentro de la jornada laboral y tendrán la consideración de jornada habitual siempre y cuando estén relacionados con el puesto de trabajo. Excepcionalmente, cuando la acción se deba de realizar fuera del horario habitual, se compensará en jornadas laborales posteriores el tiempo invertido en el curso. En los casos en que no exista una relación con el puesto de trabajo, a juicio de la Gerencia, oído el superior jerárquico, el tiempo invertido en la acción no tendrá la consideración de tiempo de trabajo efectivo.
Las acciones formativas que se organicen con carácter específico para un determinado puesto de trabajo tendrán la consideración de cursos de carácter obligatorio. Estas acciones se desarrollarán dentro de la jornada habitual de trabajo. Excepcionalmente, en los casos en que no sea posible realizarlos dentro de la jornada laboral, se podrán impartir fuera del horario habitual compensando las horas de formación de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 34 de la Normativa de Formación del PAS.
Dentro de esta línea de formación se podrán realizar cursos on-line de carácter semipresencial o en teleformación, organizados por la Universidad de Burgos (formación interna) o por otros organismos o entidades públicas o privadas (formación externa). En estos casos, la conexión se realizará dentro del horario laboral para la formación relacionada con el puesto de trabajo, siempre que no perjudique el desarrollo normal de la actividad laboral. En caso contrario, el horario será siempre fuera de la jornada laboral, pudiendo realizarse en el propio puesto de trabajo.
Acciones formativas en materia de salud, seguridad y medioambiente. Estas acciones están dirigidas a obtener, por parte del Personal de Administración y Servicios, la formación e información en materia preventiva en todos los aspectos de esta naturaleza que puedan afectarles. Se ofrecerá una formación en materia preventiva de carácter general y básico a todo el personal, que garantice un conocimiento suficiente y adecuado, así como una mayor sensibilidad en torno a la salud y seguridad en el trabajo.
Las acciones formativas en materia de salud, seguridad y medio ambiente, en cuanto a su compensación horaria, se ajustarán a lo establecido en la normativa de aplicación vigente. Se ficharán en el sistema de control horario con la incidencia 70
CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN EN EL PLAN DE FORMACIÓN
Límite de participación
De acuerdo a lo establecido en el Art.20.2 “Los empleados tendrán derecho a un máximo de 60 horas de formación anuales, excluyendo de las mismas las horas correspondientes a las acciones formativas obligatorias”.
En caso de superarse dicho límite de 60 horas de formación anuales, la asistencia a sucesivas actividades a la que sea autorizado se realizará como “ausencia a recuperar”.
Cuando la demanda de las acciones formativas no supere el 50 por ciento de las plazas ofertadas en la convocatoria respectiva o se produzcan circunstancias sobrevenidas que impidan su celebración, se podrá anular, aplazar o trasladar la acción a otras fechas.
Solicitudes
Podrán solicitar la participación en las acciones formativas el personal de administración y servicios que se encuentre en servicio activo dentro del plazo de solicitud. Asimismo, se tendrá derecho a participar lo empleados durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como los durante la situación de excedencia por cuidado de familiares. No podrán participar en las acciones formativas quienes se encuentren en situaciones de incapacidad temporal y de licencia sin retribución.
Las solicitudes se presentarán dentro del plazo establecido en cada convocatoria a través del Portal del Empleado Público (Ubunet).
La solicitud se presentará con el informe del Jefe o responsable del Servicio o Unidad a la que pertenezca el solicitante. En caso de que el mismo fuera favorable la Gerencia podrá autorizar la solicitud, en caso contrario, en el que se deberá hacerse constar los motivos que justifican tal informe, la Gerencia resolverá si la solicitud ha de ser tomada en consideración o no en el proceso de selección.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán consideradas. No obstante podrán tenerse en cuenta siempre que quedaran plazas vacantes en la acción formativa y el solicitante cumpliera los requisitos de la convocatoria.
Selección y procedimiento de admisión
Los criterios de selección establecidos en el artículo 24.2 de la Normativa de Formación sólo serán aplicables para aquellas acciones formativas que no tengan carácter obligatorio y en el supuesto de que las solicitudes presentadas superen el número de plazas disponibles. La Gerencia podrá establecer criterios específicos para aquellas acciones formativas que, por sus características, especialidades o destinatarios, así lo requieran.
La selección para realización de acciones formativas en las que exista más de un nivel de aprendizaje, podrá requerir la superación de una prueba previa de conocimientos.
El procedimiento de admisión será el siguiente:
El IFIE, con la suficiente antelación, publicará en el Portal del Empleado una relación de admitidos, que incluirá una relación de reserva para el caso de que se produzcan renuncias.
Se podrán presentar reclamaciones a la relación de admitidos en el plazo de tres días hábiles desde su publicación.
Con una antelación de 15 días naturales al comienzo de la acción formativa se enviará a los interesados un correo electrónico, que comunicarán a su Jefe de Servicio y/o Unidad, en el que se indicará el lugar, fecha, horario profesorado del curso.
Asistencia y puntualidad
Es un deber de los participantes asistir a las diferentes sesiones de la actividad formativa programada y cumplir en su totalidad el horario de cada sesión, estando obligado a firmar el parte de firmas de control de asistencia.
La imposibilidad de asistencia a la actividad formativa o la previsión de ausencia de un porcentaje igual o superior al 20 por ciento de las horas lectivas deberán ser comunicada mediante correo electrónico al IFIE con una antelación mínima de 3 días hábiles a la fecha de inicio de la actividad. El incumplimiento de este deber podrá suponer la exclusión de los solicitantes de su participación en otras acciones formativas.
Aquellos empleados públicos que no asistan como mínimo al 80 por ciento de horas lectivas presenciales, no cumplan con puntualidad del horario de clases o no comuniquen al IFIE su renuncia, no podrán participar en otras acciones formativas a largo del año natural siguiente desde la fecha de finalización de la acción correspondiente, salvo que exista justificación debidamente motivada y acreditada y que cuente con el visto bueno del Gerente.
Las faltas de asistencia por tiempo equivalente al 20 por ciento de la duración del curso, comportarán la no expedición al alumno del correspondiente certificado acreditativo de su participación.
Evaluación
Es un deber y un derecho de los empleados a participar en la evaluación de las acciones formativas. En este sentido, a la conclusión de cada acción de formación se entregará a los participantes un cuestionario que servirá para poner de manifiesto la opinión de los mismos acerca de la calidad de la acción impartida.
Los participantes en las acciones formativas podrán ser evaluados por los profesores del curso, tanto en lo que se refiere a su asistencia y puntualidad, como en el aprovechamiento de la formación recibida, cuando así esté previsto en la convocatoria específica.
Certificación
Una vez realizado el curso de formación, el asistente recibirá un correo electrónico desde la dirección tramitador@ubu.es, con el asunto “Comunicación de la Sede Electrónica de la Universidad de Burgos”. En el mensaje se indica que se puede descargar el diploma del curso realizado. Para ello se irá a la página de la Sede Electrónica de la UBU:
Guía de ayuda
Certificados de asistencia: se expedirán cuando el personal seleccionado haya asistido a la acción formativa en un porcentaje igual o superior al 80 por ciento de las horas lectivas programadas. También se expedirán cuando, en las acciones formativas que comporten prueba de aptitud, no se supere dicha prueba y se acredite una asistencia al curso igual o superior al 80 por ciento de las horas lectivas.
Certificado de aprovechamiento. Se expedirá un certificado de aprovechamiento o aptitud en la formación presencial para aquellas acciones que establezcan una prueba final de evaluación. En el supuesto de acciones en teleformación y/o semipresenciales se expedirá un certificado de aprovechamiento pero no el de asistencia.
En acciones formativas presenciales con prueba de evaluación, los certificados de asistencia y aprovechamiento serán excluyentes, pudiéndose expedir a cada participante uno u otro, en función de los requisitos indicados.
En el correspondiente certificado se hará constar el título del curso, la duración, el resumen de los contenidos y, en su caso, la calificación obtenida.
Compensación horaria por realización de acciones formativas
Acciones formativas que tengan relación con el puesto de trabajo.
Las acciones formativas de carácter obligatorio y aquellas que siendo voluntarias tengan relación con el puesto de trabajo, se desarrollarán dentro de la jornada laboral y tendrán la consideración de trabajo efectivo. No obstante, cuando de forma excepcional se realicen fuera del horario de trabajo procederá una compensación horaria equivalente a las horas del curso. En todo caso, se establece un límite máximo de 20 horas anuales de acciones formativas de carácter voluntario que el trabajador realice fuera de su jornada ordinaria de trabajo.
Si las acciones formativas son de carácter voluntario y se impartieran fuera de la jornada ordinaria del trabajo se ficharán con la incidencia 76.
Si las acciones formativas son de carácter obligatorio, ya sean en su modalidad virtual o presencial, y se impartieran fuera de la jornada ordinaria de trabajo darán lugar a una compensación horaria para el empleado, según los siguientes criterios:
Hasta 20 horas de formación: cada hora se compensará aplicando el mismo índice de compensación que el que se aplica a las horas por realización de servicios extraordinarios. Se fichará en el sistema de control horario con la incidencia 72
A partir de 21 horas de formación: se compensará una hora por cada hora de formación realizada.
MES DE MARZO DE 2025
DENOMINACIÓN | DURACIÓN | FORMADOR | FECHAS DE REALIZACIÓN | OBSERVACIONES |
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Redefiniendo la biblioteca universitaria: Espacio Violeta de la biblioteca de la Universidad de las Palmas de Gran Canaria | 4 horas | María del Carmen Martín Marichal | 21 de marzo de 2025 | Personal de la Biblioteca Universitaria y de la Unidad de Igualdad de Oportunidades |
MES DE ABRIL DE 2025
DENOMINACIÓN | DURACIÓN | FORMADOR | FECHAS DE REALIZACIÓN | OBSERVACIONES |
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Programa de entrenamiento práctico de Mindfulness | 12 horas | Teresa Peña Pérez | 24 de abril, 8 y 15 de mayo de 2025 | ABIERTO |
2 horas | Jesús Martínez Nogal y Lorena Martín López | 11 de abril de 2025 | CERRADO |
MES DE MAYO DE 2025
DENOMINACIÓN | DURACIÓN | FORMADOR | FECHAS DE REALIZACIÓN | OBSERVACIONES |
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La importancia de nombrar: el lenguaje no sexista en el ámbio universitario | 6 horas | Paula Illera Miguel | 15 y 22 de mayo de 2025 | Plazo solicitud hasta el 12 de mayo de 2025 |
Módulo de Estudios propios en SIGMA | 2-3 horas | Personal SIGMA |
MES DE JUNIO DE 2025
DENOMINACIÓN | DURACIÓN | FORMADOR | FECHAS DE REALIZACIÓN | OBSERVACIONES |
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UBU RUN-EU LEXS “Integrating ride-sharing for the journey to work: a playful approach” | 1,5 horas | Oficina UBU REN-EU | Del 30 de junio al 3 de julio de 2025 | ABIERTO |
JUST4ALL-Integración del Pacto Verde Europeo y la Transición Justa en la Enseñanza y el Aprendizaje | 120 horas | Miguel Corbí Santamaría | Del 16 de junio al 17 de octubre de 2025 | |
Novedades de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) | 4-6 horas | |||
Alumbrado en exteriores e interiores de centros educativos | 10 horas |
MES DE SEPTIEMBRE DE 2025
DENOMINACIÓN | DURACIÓN | FORMADOR | FECHAS DE REALIZACIÓN | OBSERVACIONES |
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Programa de Coaching e Inteligencia Emocional para el Autoliderazgo Personal | 12 horas | Azucena Ubierna Alarcia | ||
Taller de soldaduras eléctricas en placas de circuito impreso y componentes electrónicos | 10 HORAS |
MES DE OCTUBRE DE 2025
DENOMINACIÓN | DURACIÓN | FORMADOR | FECHAS DE REALIZACIÓN | OBSERVACIONES |
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Inglés nivel principiante A1 | 40 horas | Del 1 de octubre de 2025 al 1 de mayo de 2026 | ||
Programa de entrenamiento de atención plena-Mindfulness | 24 horas | Teresa Peña Pérez |
MES DE NOVIEMBRE DE 2025
DENOMINACIÓN | DURACIÓN | FORMADOR | FECHAS DE REALIZACIÓN | OBSERVACIONES |
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Entrena tu comunicación | 8 horas | María Antón | Del 15 de noviembre al 10 de diciembre de 2025 | 4 sesiones de 2 horas |