Permanencia
Al estudiante matriculado en titulaciones oficiales de Grado se le aplican las Normas de permanencia en títulos oficiales adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior en la Universidad de Burgos, aprobadas por el Consejo Social del 28 de octubre de 2009 (BOCyL 16/11/09).
1. Convocatorias de evaluación de asignaturas.
El estudiante dispondrá de un máximo de 6 convocatorias para la evaluación final de cada asignatura. Para este cómputo se contabilizarán todas las convocatorias en las que se matricule el estudiante, aunque no se someta a los procedimientos de evaluación continua establecidos.
2. Créditos que ha de superar el estudiante para poder proseguir los mismos estudios .
El estudiante deberá superar el mínimo de créditos que se especifican para continuar en la misma titulación.
- Estudiante a tiempo completo: 30 créditos entre los dos primeros años académicos y 12 créditos en cada uno de los años académicos siguientes.
- Estudiante a tiempo parcial: 12 créditos entre los dos primeros años académicos y 6 créditos en cada uno de los años académicos siguientes.
3. En casos excepcionales, el Rector, a propuesta del Decano o Director del Centro, podrá conceder, por una sola vez, 1 año de gracia (dos convocatorias) a los estudiantes que no hayan cumplido las normas de permanencia anteriores, permitiendo su matrícula siempre y cuando demuestren que han concurrido circunstancias especiales que les hayan impedido la dedicación suficiente a los estudios. En dicha concesión se podrá exigir al estudiante su inclusión en un régimen de dedicación a tiempo parcial.
Para consultar las normas de permanencia pinche aquí.