¿Qué es el Delegado de Protección de Datos?
El Delegado de Protección de Datos (DPD o DPO) es la persona, física o jurídica, que dentro del Responsable del Tratamiento (RT) de la organización o del Encargado del Tratamiento (ET) supervisa y monitoriza de manera independiente la aplicación interna y el cumplimiento de las normas en materia de protección de datos.
La figura se regula en los artículos 37 a 39 del Reglamento General de Protección de Datos.
En cuanto a sus cualidades profesionales, el artículo 37.5 del Reglamento General de Protección de Datos indica que "será designado atendiendo a sus cualidades profesionales y, en particular a sus conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos".
Los interesados podrán ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos (DPD) en: dpd@ubu.es en lo que respecta a todas las cuestiones relativas al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos, al amparo del Reglamento General de Protección de Datos.
¿Cuáles son las funciones básicas del DPD?
- Informar y asesorar al responsable del tratamiento (RT) o al encargado del tratamiento (ET) y a los empleados que traten datos de carácter personal.
- Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos y otras disposiciones de protección de datos de la Unión Europea o de los estados miembros y de las políticas del responsable o del encargado del tratamiento, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones del tratamiento y las auditorías correspondientes.
- Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos (EIPD) y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo 35 del Reglamento.
- Cooperar con la autoridad de control.
- Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento, incluida la consulta previa a que se refiere el artículo 36, y realizar consultas, en su caso, sobre cualesquiera otros asuntos.
¿Qué garantías tiene el DPD para llevar a cabo sus funciones?
- Es independiente, pues no puede recibir instrucción ninguna respecto del cumplimiento de sus funciones.
- Rendirá cuentas al más alto nivel jerárquico del responsable del tratamiento (RT) o del encargado del tratamiento (ET).
- Dispondrá de los recursos materiales y personales que sean necesarios para desarrollar debidamente sus cometidos.
- Tendrá acceso a datos personales y operaciones del tratamiento, a los efectos de supervisar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.
- Está sujeto al deber de confidencialidad o secreto en lo que respecta al desempeño de sus funciones.
- Debe permitírsele participar en todas las cuestiones de la organización que impliquen decisiones relativas a la protección de datos personales.
¿Quién es el DPD de la Universidad de Burgos?
Tal y como establece el Reglamento General de Protección de Datos el Delegado de Protección de datos puede formar parte de la plantilla del responsable del tratamiento (RT) o del encargado del tratamiento (ET) o desempeñar sus funciones en el marco de un contrato de servicios.
Actualmente, el servicio de Delegado de Protección de Datos (DPD) se presta por la consultora VPS Strategic S.L de Oviedo
CIF: B67762633
Delegado de Protección de datos: dpd@ubu.es
El punto de contacto entre la Universidad de Burgos y sus empleados y usuarios con el Delegado de Protección de Datos (DPD) señalado, se realiza a través del Delegado de Privacidad de la Universidad de Burgos (José Angel Contreras Hernando) en: dpd@ubu.es