Obligaciones de las partes

De la persona mayor

  • Poner a disposición de la persona universitaria una habitación con lo necesario para que pueda desarrollar su actividad académica, incluyendo la posibilidad de acceso a internet.
  • Permitirle hacer uso de todas las habitaciones y equipamientos de la vivienda que se consideren comunes
  • Proporcionarle una llave de la vivienda.
  • Respetar la intimidad de la persona universitaria (vestuario, enseres, dependencias propias, horarios de clase y estudios, etc.).
  • Las específicas que se acuerden por ambas partes.

De la persona universitaria:

  • Colaborar en los gastos comunes.
  • Hacer un uso adecuado de la llave, cuidar las dependencias de la vivienda y respetar la intimidad de la persona mayor.
  • Hacerse cargo de la limpieza y mantenimiento de su habitación y colaborar en la limpieza de las dependencias comunes.
  • Ofrecer compañía a la persona mayor en horario compatible con sus clases y estudios, (especialmente durante las noches).
  • Las específicas que se acuerden por ambas partes.

 

Última actualización: 22 de Abril de 2025